Denunciadas 23 terrazas y propuesto expediente a cinco por permitir fumar
Son reclamaciones presentadas por la asociación Nofumadores.org por considerar que son espacios cubiertos en más de un 50%, en los que, por tanto, el cigarrillo estaría prohibido
La organización Nofumadores.org ha denunciado ante la Junta de Andalucía la existencia de 23 terrazas de establecimientos de hostelería en Algeciras en los que, según esta entidad, se incumple la ley antitabaco. La delegación territorial de la consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, a raíz de esta reclamación, ha propuesto un expediente sancionador para cinco de ellos.
Las denuncias que ha realizado Nofumadores.org se refieren a ese tipo de terrazas de bares, restaurantes, cafeterías, etcétera, que se encuentran parcial o ampliamente cubiertas por los elementos que correspondan, como toldos laterales o techos fijos, por poner un ejemplo. Nofumadores.org enfatiza que la ley establece que en los supuestos en los que las superficies cubiertas excedan en un 50% del total de las terrazas no se puede fumar en éstas. Los casos que ha denunciado son en los que considera que así son los espacios pero que, sin embargo, se permite fumar dentro.
Ubaldo Cuadrado, portavoz en Andalucía de Nofumadores.org, explicó ayer a este diario que las denuncias presentadas por la organización surgen a raíz de un informe elaborado por un colaborador de la asociación de Algeciras. Remarcó que cuando la entidad procede de esta manera es porque tiene constatado que se infringe la ley antitabaco, por lo que les ha sorprendido que de los 23 casos reclamados solo se haya propuesto un expediente sancionador en cinco.
Las terrazas denunciadas se encuentran en diferentes zonas de Algeciras. En una respuesta del jefe de servicio de Salud Pública de la delegación territorial a Nofumadores.org se le comunica a la asociación que a cinco establecimientos se les ha propuesto un expediente sancionador (Bar Restaurante Pepe, Cafetería 3J, Bar Hermanos Lloret, Mesón El Estribo y Algeciras Bar de Copas), que en 17 casos se ha procedido al archivo de la reclamación "por no encontrar deficiencias en el momento de la inspección" y que en un caso el establecimiento no estaba abierto.
Son las valoraciones realizadas por los técnicos de zona de la unidad de Protección de la Salud del Área de Gestión Sanitaria del Campo de Gibraltar, según expone la administración autonómica.
Ubaldo Cuadrado indica que Nofumadores.org suele ver respaldadas sus denuncias en más del 90% de las reclamaciones, por lo que no descarta interesarse ante la administración por la manera en la que se han hecho las inspecciones, incidiendo también en aspectos como la hora. El responsable andaluz de la organización resalta que este tipo de terrazas se suelen cerrar por completo por la noche y/o de acuerdo a la temperatura que en ese momento haga.
Nofumadores.org señala que las terrazas en las que se permite fumar pueden tener, además del techo, un máximo de dos lados cubiertos, con una superficie cubierta total que no exceda del 50%; y que en el momento que supera este porcentaje se deben retirar los ceniceros y señalizar el espacio con carteles de 'prohibido fumar'. O sea, que con un solo lado abierto ya no se podría fumar.
La normativa reseña: "A efectos de esta ley, en el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos".
En su día se evacuaron diversas consultas al ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad por las diferentes interpretaciones que se podrían sacar de esta formulación.
El ministerio afirmó: " Se ha redactado teniendo en cuenta la posibilidad de que el aire circule. En consecuencia, no se considera espacio al aire libre todo espacio que tenga cubierta superior, incluidos toldos, lucernarias o cualquier tipo de plásticos, y además más de dos paredes, muros o paramentos, de cualquier material y de cualquier altura. Como el texto no hace ninguna exclusión, debe entenderse que no se permiten cerramientos parciales por lo que cualquier tipo de cubierta o de pared, muro o paramento, incluso parcial o móvil haría del local un espacio cerrado y, por tanto, estaría prohibido fumar. Hay que tener en cuenta que la fachada o paredes laterales de un establecimiento se consideran muro, pared o paramento del espacio al aire libre".
Nofumadores.org destaca que la creación de zonas de fumadores fraudulentas es una infracción grave de la ley, castigada con multas de entre 601 y 10.000 euros.
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