El Consultivo apoya indemnizar a una caseta de Feria cerrada 24 horas
Dictamina que el Consistorio tuvo que añadir a la clausura un expediente sancionador
El Consejo Consultivo de Andalucía ha dictaminado que procede indemnizar a los propietarios de una caseta de la Feria Real de Algeciras de 2009 que fue clausurada 24 horas por el Ayuntamiento por los incidentes registrados la noche anterior. El organismo sentencia que al decreto de cierre no le sucedió un expediente sancionador y que tal circunstancia deja a la medida que adoptó el Consistorio sin "apoyo normativo".
La Asociación Recreativa y Cultural Club Balonmano Ciudad de Algeciras solicitó una indemnización de 100.000 euros por los daños ocasionados como consecuencia del decreto de cierre de la caseta Los Bribones. El Consultivo sí desestima la pretensión de cobrar tal cantidad, que entiende irrazonable. El tribunal considera que el resarcimiento ha de ser la ganancia neta obtenida por la explotación de la caseta en un día como el previo o el posterior al del cierre.
Los propietarios recurrieron la clausura por vía judicial. El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 anuló la actuación municipal y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmó el fallo. El motivo, el mismo que da el Consultivo para dictaminar que procede una indemnización.
El Consultivo señala que la ley "contempla las medidas provisionales como una actuación incardinada en un expediente administrativo sancionador". "Al no constar que dicho expediente se hubiese iniciado en ningún momento, sino que se acordó el cierre de forma aislada, se anula el decreto de cierre", puntualiza.
El órgano establece que así ha de ser aunque esté justificada la medida cautelar. De hecho indica que es el caso, por resultar "acreditado por informe de la Policía Nacional que en la caseta Los Bribones hubo siete incidentes de violencia" la madrugada anterior, lo cual respalda que "la Mesa Técnica de Coordinación de Seguridad de la Feria de Algeciras del citado año acordara proponer el cierre cautelar".
"Si se hubiera iniciado el correspondiente expediente sancionador, el cierre cautelar tendría su apoyo normativo. Al no ser así, carece del mismo", concluye el Consejo.
El dictamen del órgano incluye un voto particular que defiende que no ha lugar al resarcimiento de daños a los responsables de la caseta aunque se haya confirmado con posterioridad que el cierre quedara sin sustento normativo.
El consejero Francisco Gutiérrez Rodríguez cita la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para recalcar que "la anulación en vía administrativa o por el orden jurisdiccional contencioso administrativo de los actos o disposiciones administrativas no presupone derecho a la indemnización", y más en un caso como el presente en el que, según expone, no cabe decir que la clausura fuera caprichosa.
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