¿Cómo funciona la garantía o la devolución de los productos de segunda mano?
La Junta de Andalucía recuerda que las compras a empresas cuentan con un mínimo de un año de garantía, mientras que entre particulares solo rige el Código Civil
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La compraventa de artículos de segunda mano, ya sea en tiendas físicas, comercios online especializados o entre particulares, es una práctica cada vez más habitual. Motivos como el ahorro económico o la apuesta por un consumo más sostenible impulsan a muchas personas a optar por esta vía. Sin embargo, los derechos de quienes compran varían en función de si la operación se realiza con una empresa o con otra persona particular.
La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía recuerda que la legislación de consumo solo se aplica cuando la compraventa se produce entre una empresa o profesional y un particular.
En este caso, la ley garantiza un periodo mínimo de un año de garantía para los bienes usados, aunque las partes pueden acordar un plazo superior. Si no se pacta nada, se aplicará la garantía general de tres años que rige para los productos nuevos.
En caso de defectos, la persona compradora puede exigir la reparación gratuita —incluidos los gastos de envío, mano de obra y materiales—. Si la reparación no es posible o no se realiza en un tiempo razonable, se podrá reclamar una rebaja en el precio o la resolución del contrato, con devolución del importe pagado.
Para las compras por internet, incluso de segunda mano, se mantiene el derecho de desistimiento: devolver el producto sin necesidad de justificar el motivo en un plazo de 14 días naturales desde su recepción.
Además, las tiendas físicas y online de segunda mano deben cumplir con todas las obligaciones legales: etiquetado con datos del fabricante, instrucciones y advertencias, marcado CE o rango de edad en juguetes; precio final con impuestos; y entrega de tique o factura con datos del establecimiento.
Entre particulares: solo el Código Civil
Si la compraventa se realiza entre particulares, la normativa de consumo no es aplicable, y se rige por el Código Civil. En este caso, el comprador dispone de seis meses para reclamar por “vicios ocultos” del producto. Consumo aconseja solicitar al vendedor sus datos personales y un documento con el precio y fecha de compra, así como revisar valoraciones y comentarios.
También se recomienda desconfiar de anuncios con imágenes genéricas, descripciones poco precisas, exigencia de pagos por transferencia directa o excusas relacionadas con que el vendedor se encuentra en el extranjero.
Información y ayuda
Ante cualquier duda, el servicio Consumo Responde ofrece atención gratuita a través del teléfono 900 21 50 80, el correo consumoresponde@juntadeandalucia.es y la web www.consumoresponde.es, así como en sus perfiles en X, Facebook e Instagram. También se puede acudir a los Servicios Provinciales de Consumo y a las Oficinas Municipales de Información al Consumidor.
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