Un vecino de La Línea cancela una deuda de 100.000 euros con la Ley de Segunda Oportunidad tras el abandono de su pareja

El sobreendeudamiento partía de un préstamo con garantía hipotecaría que hubo de pagar en solitario

La calle Real de La Línea.
La calle Real de La Línea. / Claudio Palma

Un residente de La Línea de la Concepción ha conseguido cancelar completamente una deuda de 100.896 euros aplicando el mecanismo de segunda oportunidad, tras verse abocado al sobreendeudamiento por el abandono económico de su entonces pareja sentimental.

El caso tuvo su origen en un préstamo con garantía hipotecaria que el afectado se vio obligado a sufragar prácticamente en solitario. Inicialmente, ambos cónyuges compartían una cuenta corriente común donde se domiciliaban las cuotas mensuales. Sin embargo, su pareja decidió retirar su nómina de la cuenta y cesó toda contribución al pago de la deuda.

Esta situación se agravó con los gastos de manutención de las hijas menores a su cargo y los costes de subsistencia personal, lo que hizo imposible que pudiera afrontar las mensualidades con sus únicos ingresos. La incapacidad para atender los pagos le llevó progresivamente a acumular descubiertos bancarios y a caer en una espiral de endeudamiento que resultó completamente inasumible.

El procedimiento judicial de exoneración del pasivo insatisfecho le ha permitido finalmente liberarse de esta carga económica de casi 101.000 euros y comenzar una nueva etapa sin el lastre de estas deudas.

Éxito también en Cádiz

La cancelación de la deuda ha sido posible gracias a la asesoría jurídica de Repara tu Deuda Abogados, despacho que también ha logrado recientemente la cancelación de una deuda de 84.737 euros correspondiente a un matrimonio residente en la provincia de Cádiz.

Marco legal de la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, de 28 de julio) fue aprobada por las Cortes Generales en 2015 durante el primer Gobierno de Mariano Rajoy. Esta normativa no pretende que particulares o autónomos eludan sus obligaciones financieras, sino que establece un marco jurídico para reordenar el pago de las deudas y alcanzar un equilibrio justo entre acreedores y deudores.

En aquellos casos donde quede acreditada la imposibilidad real del deudor para hacer frente a sus obligaciones, la ley contempla la concesión de la exoneración del pasivo insatisfecho, siempre que esta medida no comprometa su patrimonio presente ni futuro y se cumplan los requisitos establecidos por la normativa.

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