La Línea

El TSJA ratifica la condena al SAS por la demora en un diagnóstico

  • Debe indemnizar a la viuda de una mujer fallecida a causa de la reproducción de un cáncer que no fue detectada a tiempo en el hospital · El tribunal desestima el recurso contra la sentencia anterior de 2010

La sección cuarta del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado sentencia por la que desestima íntegramente el recurso de apelación interpuesto por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) contra una sentencia anterior de marzo de 2010 que le condenaba a indemnizar a la viuda de una mujer fallecida con 20.000 euros más intereses y costas.

Así lo confirmó ayer la asociación Defensor del Paciente, que recordó que los hechos se remontan a mayo de 2005, cuando Ana M., de 36 años, acudió al hospital de La Línea tras detectarse un bultito en el pecho mediante una autoexploración. La mujer fue diagnosticada de carcinoma ductal infiltrante, por lo que se le practicó una mastectomía radical y posterior tratamiento de quimioterapia y hormonal en seis sesiones.

Según la asociación, la mujer fue emplazada a acudir después a los controles de revisión cada seis meses "e incluso tuvo tímidos contactos con el mundo laboral, aunque aún no se encontraba fuerte para ejercer su profesión de masajista, y comenzó a estudiar Medicina".

En la primera revisión, se le practicaron una mamografía, radiografías y ecografías de tórax y analíticas. "Cuando volvió a casa tenía una llamada del hospital que decía que debía repetirse la mamografía. Sin embargo, cuando llegó la cita con el oncólogo, éste no le hizo ninguna mamografía y le comunicó que todo estaba en orden. La mujer preguntó por qué no se le hacía la prueba y le dijo que el radiólogo había visto una mancha en el ápex del pulmón derecho, pero que era pequeña y sin importancia, más aún teniendo en cuenta que era asmática y era común que aparecieran esas manchas", expuso Defensor del Paciente.

La asociación añadió que el oncólogo le trasladó que era "un exceso de celo por parte del radiólogo y que darle importancia sería marear la perdiz. Se perdió así una magnífica oportunidad de haber diagnosticado la reproducción del cáncer", apuntó el colectivo.

Finalmente, Ana M. fue diagnosticada de recidiva del cáncer de mama en metástasis pulmonar que le condujo al fallecimiento. Antes de morir, la paciente inició una reclamación que luego continuó su esposa.

La reclamación patrimonial fue desestimada por la vía administrativa, no así la demanda contenciosa, con dictamen pericial de la oncóloga Oms Castañer. "El asunto fue sometido al estudio de un oncólogo que determinó, y así lo recoge la sentencia, que es cierto que un aplazamiento para ver la evolución de la lesión pulmonar es una actitud lógica, pero ese aplazamiento no debe ser superior a tres meses, al tratarse de un tumor primario de grado II y receptores hormonales negativos en paciente joven. En síntesis, se puede señalar que existió un retraso en las pautas de seguimiento recomendado, lo que significó una demora en el diagnóstico de la enfermedad metastásica en paciente asintomática", afirmó.

Defensor del Paciente agregó que se produjo "una pérdida de oportunidad de sanar, debiendo reconocerse que si bien tenía posibilidades de recuperación de haberse diagnosticado a tiempo, lo que no se hizo, las mismas no eran ciertamente elevadas, por lo que se acordó indemnizar con 20.000 euros que llegaron a ser consignados por la aseguradora del SAS, Zurich, que acató el fallo. Sorprendentemente, el SAS se alzó en recurso de apelación que ahora ha sido desestimado", explicó.

La defensa de este caso ha sido tramitada por José Luis Ortiz, adscrito a los servicios jurídicos de la asociación, quien destacó ayer la importancia del fallo. "Las mujeres acuden cada vez más y a la mayor brevedad a las consultas de revisión mamográfica, como hizo esta paciente, que falleció durante la tramitación del pleito. Estas sentencias sirven para concienciar a los profesionales sanitarios de la necesidad de extremar el deber de cuidado en estos casos", dijo.

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