La Policía Nacional vuelve a requerir y sellar el pasaporte a los gibraltareños para entrar en España
Los agentes les aplican el Código de Fronteras Schengen al igual que al resto de ciudadanos no pertenecientes a la UE, lo que aventura un nuevo caos en la Verja
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Algeciras/Desde el mediodía de este viernes, 22 de noviembre, la Policía Nacional requiere y sella el pasaporte a todo ciudadano de Gibraltar que pretende entrar en España. Lo hace en aplicación del Código de Fronteras Schengen, siguiendo el mismo protocolo establecido en el resto de fronteras exteriores de la UE para los ciudadanos no pertenecientes a los estados miembros.
La decisión es consecuencia de la negativa de los responsables policiales en la Verja a incumplir dicha norma y, de no haber cambios, aventura un caos en la Verja que separa el Peñón de La Línea de la Concepción por la demora que se producirá en el control de paso en ambos lados, dado que Gibraltar ha aplicado la reciprocidad cada vez que España ha tomado la decisión de aplicar el Código Schengen. De no haber cambios, sería a partir del lunes próximo cuando más se aprecie el colapso, coincidiendo con la entrada en la colonia de miles de trabajadores transfronterizos.
Hasta ahora, el paso de personas desde La Línea de la Concepción y Gibraltar, y viceversa, se ha venido rigiendo por una norma no escrita fruto de la buena voluntad de las partes, que han primado la fluidez en el tránsito y facilitar la interconexión entre dos comunidades unidas por lazos de todo tipo. Era así antes de la activación del Brexit, el 1 de febrero de 2020, y lo ha seguido siendo hasta hoy, aunque para ello haya que saltarse la norma que sí rige en el resto de fronteras exteriores de la UE.
Esta dinámica tan singular se ha roto por los mismos motivos del pasado mes de octubre: el riesgo que supone para la seguridad de los 27 la puesta en práctica de esos controles laxos y la presunta prevaricación que supone ponerla en práctica por parte de los policías nacionales.
Como adelantó Europa Sur, el jefe del puesto fronterizo en Gibraltar de la Policía Nacional remitió el pasado 13 de septiembre el primero de cuatro escritos dirigidos a sus superiores de la Brigada Local de Extranjería y Fronteras, alertándoles de la situación. En ellos, les reclamaba la “legislación que justifique el proceder con los gibraltareños y, caso de no encontrarse, se den instrucciones firmadas y por escrito en las que se exponga el celo y la ponderación con los que ha de aplicarse el Código de Fronteras Schengen a los referidos ciudadanos de terceros estados”.
Responsabilidades penales
El fondo del debate se sitúa en las responsabilidades, incluso de carácter penal, que los policías nacionales responsables del control de los pasaportes en la Verja pueden afrontar por no llevar a cabo sus funciones de acuerdo a lo estipulado en los artículos 6 del Código de Fronteras Schengen, sobre las condiciones de entrada para los nacionales de terceros países, y 11, relativo al sellado de los documentos de viaje.
Por el momento, las instrucciones recibidas por los agentes destinados en la Verja para que hagan una excepción en la aplicación del citado código y faciliten un paso fluido han sido solo verbales, ninguna por escrito, según se deduce de la insistencia al respecto que pone en sus misivas el jefe del puesto fronterizo linense.
“En lo referente a estos artículos (el 6 y el 11 del Código de Fronteras) en este Puesto Fronterizo de La Línea de la Concepción se vienen realizando prácticas contrarias a la normativa", advertía el mando policial
“En lo referente a estos artículos (el 6 y el 11 del Código de Fronteras) en este Puesto Fronterizo de La Línea de la Concepción se vienen realizando prácticas contrarias a la normativa, como es no solicitar los requisitos de entrada a aquellos ciudadanos británicos originarios de Gibraltar, ciudadanos a todos los efectos de terceros estados y que habrían de cumplir todos los requisitos expuestos en el artículo 6 para autorizárseles la entrada”, exponía el responsable policial en su primer escrito.
En esa misma línea, añade en el párrafo siguiente: “Además de no solicitárseles los requisitos de entrada [tener un pasaporte, justificar el propósito y las condiciones de la estancia, disponer de medios económicos y no haber estado en el espacio Schengen durante más de 90 días en cualquier período de 180 días", lo que complicaría a muchos llanitos disfrutar de sus segundas residencias en España, "no se realiza el sellado sistemático de los mismos pese a tratarse de nacionales de terceros países que no necesitan visado”.
El escrito del inspector jefe aseguraba que el no sellado de los pasaportes es justificado, según “manifestaciones verbales de la superioridad e informaciones de los medios de comunicación, en la existencia de acuerdos entre el Reino de España y el Reino Unido, protocolos de actuación o normativas, que supuestamente lo ampararían”, aunque a continuación insiste en la inexistencia de respaldo legal alguno.
“Pese a haber puesto de manifiesto que no se encontraba amparo legal al proceder de este Puesto Fronterizo y que era contrario a la opinión del que suscribe continuar con dicha práctica si no se le daba amparo legal, habiéndose reiterado en múltiples ocasiones que se indique la normativa legal que ampare el persistente incumplimiento de los los artículos 6 y 8 del Código de Fronteras Schengen con los originarios de Gibraltar, no se me ha facilitado normativa alguna ni dado instrucciones al respecto ni ha sido posible localizar amparo normativo en ninguna publicación legal”, aseveraba.
Las otras tres cartas dirigidas al mismo destinatario y con casi idéntico contenido fueron remitidas por el inspector jefe los días 20 de septiembre, 27 de septiembre y 4 de octubre, sin que conste que obtuviera respuesta, al menos, por escrito, por parte de responsable alguno del Ministerio del Interior.
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