Coronavirus

El Campo de Gibraltar queda libre de restricciones frente a la Covid al pasar a nivel 0

  • Solo se mantendrá la mascarilla, para los espacios cerrados, eventos públicos y cuando no pueda mantenerse la distancia de seguridad

Varias personas en una calle de Algeciras

Varias personas en una calle de Algeciras / Erasmo Fenoy

El Campo de Gibraltar entra de lleno en la nueva normalidad. El Comité provincial de alertas de salud pública ha decidido hoy que las dos áreas sanitarias de la comarca pasen a nivel 0, con lo que se eliminan las restricciones aún vigentes en materia de horarios y aforos. Solo la mascarilla obligatoria en los espacios cerrados y en aquellos en los que no pueda mantenerse la distancia recordará la vigencia de la pandemia de Covid.

Además de las medidas de aforo, la Junta de Andalucía también aprobó el pasado martes que los teatros, conciertos, auditorios, museos, plazas de toros y recintos con competiciones deportivas de carácter local, provincial o autonómico recuperen el 100% de su aforo en las zonas con nivel 0 y nivel 1.

Los nuevos niveles de alerta son de aplicación durante siete días desde las 00.00 del viernes 1 de octubre. Para decidirlos los comités han analizado datos como la incidencia acumulada a 14 y 7 días, la que se da en mayores de 65 años, la trazabilidad del virus y la ocupación hospitalaria, así como la cobertura de vacunación.

Medidas preventivas y de higiene

El nuevo nivel cero (0) de alerta se suma a los cuatro niveles ya existentes en los que se puede encontrar un distrito sanitario o un municipio tras la evaluación del riesgo, y es "un paso importante hacia la nueva normalidad", según valora la Junta.

En el nivel de alerta sanitaria 0, las actividades empresariales, de ocio o deportivas previstas en la orden que crea el nuevo nivel "podrán realizarse en instalaciones públicas o privadas debidamente habilitadas sin superar en ningún caso el aforo que tengan autorizado por su normativa de aplicación, y siempre con la mayor distancia interpersonal posible que permita el mantenimiento de las medidas preventivas y de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio, especialmente las referidas a evitar la aglomeración de personas y a tener una adecuada ventilación en los espacios cerrados".

En el nivel de alerta 0 se aplicarán una serie de medidas concretas, como que "el uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares de clientes, visitantes o usuarios será conforme al aforo autorizado en los mismos, manteniendo el uso obligatorio de mascarilla, una ventilación adecuada y estableciendo las medidas organizativas oportunas para evitar aglomeraciones que impidan mantenimiento de las medidas preventivas y de higiene, adecuadas para prevenir los riesgos de contagio".

"No será necesario la realización de la evaluación de riesgo por la autoridad sanitaria para las actividades, pruebas y eventos deportivos de ocio, competición o exhibición que concentren a más de 2.000 personas entre participantes y público al aire libre o en instalaciones deportivas al aire libre, y en el caso de que concentren a más de 1.000 personas en instalaciones deportivas cubiertas", según añade el orden.

Medidas para cines, teatros y auditorios

También especifica la resolución una serie de medidas para cines, teatros, auditorios, establecimientos especiales para festivales, circos de carpa y espacios similares, así como para recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos públicos, como que "la circulación de las personas por el recinto deberá organizarse de manera que se respete la distancia de seguridad interpersonal", y "la apertura de puertas se realizará con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado".

Además, Salud determina que, en estos espacios, "la salida del público deberá procurarse que se realice también de forma escalonada por zonas, garantizando la distancia de seguridad entre personas, debiendo indicarse mediante la oportuna señalética".

En el caso de "espectáculos públicos o eventos multitudinarios será obligatorio el uso de la mascarilla aunque se celebren en espacios al aire libre", según abunda la nueva orden, que también establece que "se establecerán sectores independientes de máximo 1.000 personas respetando en todo momento las normas de seguridad y evacuación", y "se designará un punto de acceso a cada sector con servicios independientes".

Asimismo, "no se permitirá el consumo de bebidas o alimentos en la zona de público, debiendo realizarse en las zonas habilitadas para ello para cada sector, que respetarán las medidas establecidas para establecimientos de restauración".

En los ensayos y conciertos de bandas de música, "los instrumentos de viento, incluidas sus partes, como cañas o boquillas, no deberán compartirse entre los diferentes integrantes, siendo su uso exclusivo", según determina también la orden publicada este miércoles, que aclara igualmente que, "en las ferias comerciales, conferencias, congresos y otros eventos profesionales, no será necesario realizar la evaluación de riesgo por la autoridad sanitaria" en el nivel cero.

"El horario máximo de estos establecimientos será el determinado en su normativa sectorial o municipal de aplicación", establece la orden que crea el nuevo nivel, que precisa también que, "en lo relativo al uso obligatorio de mascarillas, se estará lo previsto en el artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19", es decir, que se mantienen las mismas normas ya vigentes.

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