Estado de la pandemia

El Campo de Gibraltar sube al nivel 1 de alerta sanitaria por el coronavirus

  • Esta decisión del comité territorial de Salud Pública de Alto Impacto no implica nuevos límites de aforos y horarios

Varias personas pasean por Tarifa.

Varias personas pasean por Tarifa. / Jorge del Águila

El Campo de Gibraltar sube al nivel 1 de alerta por la pandemia debido al fuerte aumento de las tasas de incidencia en las dos áreas sanitarias registrado en los últimos días. Esta nueva situación no implica nuevos límites de aforos y horarios en comercios, hostelería, ocio nocturno y otras actividades. En ese escalafón se encuentra también el resto de la provincia de Cádiz, además de las de Almería, Granada, Huelva y Jaén. 

Así lo han decidido los comités territoriales de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias reunidos este martes para analizar los datos epidemiológicos en sus respectivos ámbitos de actuación, según ha informado el consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno. 

La comarca se encontraba hasta ahora en el nivel 0 de alerta por el coronavirus. La noticia de la subida llega en un día en el que se ha aminorado la afección del virus, que sigue siendo, no obstante, muy elevada en la zona. Con 107 nuevos contagios en todo el Campo de Gibraltar tras los 1.082 registrados durante el fin de semana de Navidad, en el distrito Oeste (Hospital Punta de Europa) la tasa baja de 1.000,4 a 990,1 casos por cada 100.000 habitantes en las dos últimas semanas. En el área Este (Hospital Comarcal de La Línea) este parámetro también desciende de 824,9 a 816,6.

Según lo publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) las medidas a adoptar en los municipios que se declaren en el nivel 1 de alerta sanitaria frente al Covid son las siguientes.

El uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares de clientes, visitantes o usuarios será conforme al aforo autorizado en los mismos, manteniendo el uso obligatorio de mascarilla, una ventilación adecuada y estableciendo las medidas organizativas oportunas para evitar aglomeraciones que impidan mantenimiento de las medidas preventivas y de higiene, adecuadas para prevenir los riesgos de contagio.

No será necesario la realización de la evaluación de riesgo por la autoridad sanitaria para las actividades, pruebas y eventos deportivos de ocio, competición o exhibición que concentren a más de 2.000 personas entre participantes y público al aire libre o en instalaciones deportivas al aire libre, y en el caso de que concentren a más de 1.000 personas en instalaciones deportivas cubiertas.

Las medidas preventivas para la práctica de navegación de recreo en el nivel 1 y 2 serán las mismas que las establecidas en el artículo 24.2 de la Orden de 7 de mayo de 2021.

En los cines, teatros, auditorios, establecimientos especiales para festivales, circos de carpa y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos públicos, se adoptarán las siguientes medidas:

  1. La circulación de las personas por el recinto deberá organizarse de manera que se respete la distancia de seguridad interpersonal.
  2. La apertura de puertas se realizará con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado.
  3. La salida del público deberá procurarse que se realice también de forma escalonada por zonas, garantizando la distancia de seguridad entre personas, debiendo indicarse mediante la oportuna señalética.
  4. En el caso de espectáculos públicos o eventos multitudinarios será obligatorio el uso de la mascarilla aunque se celebren en espacios al aire libre. Se establecerán sectores independientes de máximo 1.000 personas respetando en todo momento las normas de seguridad y evacuación. Se designará un punto de acceso a cada sector con servicios independientes. No será necesaria realizar la evaluación de riesgos por la autoridad sanitaria.

En los ensayos y conciertos de bandas de música, los instrumentos de viento, incluidas sus partes, como cañas o boquillas, no deberán compartirse entre los diferentes integrantes, siendo su uso exclusivo.

En las ferias comerciales, conferencias, congresos y otros eventos profesionales, no será necesario realizar la evaluación de riesgo por la autoridad sanitaria

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