Palma escrituró la venta del suelo a un precio menor del fijado
El acto ante notario sólo recoge el 70% del importe de la adjudicación acordada en pleno · El otro 30% no consta en el documento notarial como pago previo · El interventor accidental tampoco lo certifica
El Ayuntamiento de San Roque y la empresa VVERH (Venta de Viviendas y Edificios Rehabilitados) formalizaron la escritura de compraventa de la parcela municipal incluida en el área 022-TG en un acto celebrado el 10 de junio de 2002 por debajo del precio fijado en la adjudicación, de 6.816.919,69 euros atendiendo a tres criterios fijados en el pliego de condiciones del concurso: el precio base, las mejoras y una comisión del 5% del montante total por efectuar las gestiones favorable a la empresa de suelo sanroqueña (Emroque).
Sin embargo, la cuantía recogida en la escritura de compraventa asciende a 3.690.306,99 euros, más otro pago de 590.449,12 euros en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Existe,pues, una diferencia de 1.575.926,74 euros.
Además, como documento anexo a la escritura, figura un certificado del interventor accidental, Francisco González-Deleito, donde se certifica que la cantidad a percibir por la venta de la parcela municipal sita en el ámbito del área 022-TG es exáctamente la misma cantidad, excluyendo el IVA, consignada en la escritura de compraventa. Por lo que elude la diferencia ya aludida de 1.575.926,74 euros.
Dicha cuantía supone el 30%, aproximadamente, del valor total de la operación de compraventa recogida en el acuerdo plenario relativo a la adjudicación del concurso. Así mismo, en el pliego de condiciones se recogía que el abono se debía efectuar en dos pagos. Uno por valor del 30% a la firma de un contrato privado y el 70% restante, una vez que se formalizaran las escrituras del terreno a favor de VVERH. Sin embargo, en la escritura no consta que se haya efectuado pago a cuenta alguno en concepto del referido 30% y cifra la operación, únicamente, en la cuantía que se corresponde con el otro 70% (3.690.306,99 euros).
Esto supone, en la práctica, la omisión del primer pago previsto en el pliego de condiciones previo al acto ante notario. Al constar en las escrituras sólo el 70%, el importe del IVA que sería de aplicación al monto total, fue sensiblemente menor. El IVA recogido en las escrituras, sobre un valor base de 3.690.306,99 euros, al 16%, asciende a 590.449,12 euros.
Aplicando el mismo porcentaje al valor del 70% escriturado y el 30% que no aparece en el documento, (5.266.263,74 euros), el IVA ascendería a 842.597,87 euros. La diferencia entre el IVA del total y el reflejado en la escritura es de 252.148,75 euros cuyo abono no consta en la escritura, al igual que el otro 30%.
El acuerdo plenario de adjudicación, en sesión celebrada el 22 de marzo de 2002 establecía que, a la hora del pago, el importe de la compensación para Emroque debía abonarse a esta empresa cuando el pliego de condiciones no lo recoge expresamente, ya que se entiende que el compromiso entre las partes establecido en el concurso era entre el Ayuntamiento y la empresa adjudicataria, sin mediar terceros.
Así mismo, el mismo acuerdo determinó que el importe de las mejoras debía ser garantizado a favor de la empresa municipal Emroque mediante letras de cambio o pagarés -esto es, de forma aplazada- cuando el pliego de condiciones del concurso establecía que el precio total debía abonarse mediante un pago del 30% al cabo de un mes desde la adjudicación y el resto (el 70%) en el momento de constituir la escritura pública. La escritura, sin embargo, se formalizó algo más de tres meses después, por tanto, se habría incumpildo con esta premisa recogida en el pliego.
El PP asegura que votará en pleno según el criterio técnico
El grupo municipal del Partido Popular anunció ayer a través de su portavoz, Fernando Palma, que el partido votará mañana jueves en función del dictamen técnico relativo a la ejecución de la sentencia de la parcela 022-TG. "El grupo popular estudiará la documentación en profundidad y votará en consecuencia y en función de quien está capacitado para ello. Tenemos plena confianza en los técnicos y tendremos en cuenta su postura. No como otros que piensan que existe una conspiración judeomasónica. Los técnicos están capacitados para emitir un informe y, como no somos juristas, confiaremos en su criterio", aseveró. Sin embargo, Palma no especificó a cuál de los dos informes relativos a la ejecutabilidad de la parcela, cuyo contenido resulta contradictorio, se ceñirá. Como ya se ha indicado, hay dos informes jurídicos. Uno de ellos del secretario general, favorable a la ejecución de la sentencia –en sintonía con el acuerdo plenario ya adoptado en agosto basándose en los informes previos elaborados por la consultora Cuatrecasas y la Diputación– y otro, elaborado por tres letrados municipales, entre ellos el interventor que fiscalizó la operación de compraventa en 2002 y el secretario general de la misma época. Ambos informes, totalmente opuestos, llevan la misma fecha, el 20 de octubre.
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