Campo de Gibraltar

Condenado el guardia civil que mató a un joven de un tiro fortuito

  • La Audiencia lo pena a un 1 año y 6 meses de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave y a pagar a los padres una indemnización de 100.000 euros

La sección algecireña de la Audiencia Provincial ha condenado al guardia Civil M. A. R. L., que mató a un joven de Estepona (M. C. E.) al disparar de manera fortuita durante un control en Jimena, a 1 año y 6 meses de prisión por un delito de homicio por imprudencia grave. La resolución lleva aparejada durante el mismo tiempo la privación de tenencia de armas y el pago de 100.000 euros a los padres de la víctima como responsabilidad civil.

El trágico y casual suceso sucedió el 13 de junio de 2006. Ese día el ahora condenado estaba apostado en un lado de la carretera del kilómetro 23 de la A-405, en la salida de la Estación de Jimena con destino a Algeciras, para vigilar el paso de un turismo cuyo conductor estaba implicado en un asunto de drogas. Fue allí, escondido entre la maleza y por debajo del nivel de la carretera, cuando se puso a verificar su arma.

En los hechos probados, la sentencia refleja que al finalizar la verificación realizó lo que creyó que era un disparo seco en dirección hacia la carretera y con la mano levantada con una inclinación de unos cinco grados, "disparando sin embargo el arma un proyectil, que se había deslizado en la recámara del arma sin advertirlo el acusado". Fue concretamente durante la verificación, cuando advirtió que había polvo en la parte trasera del percutor y movió la corredera hacia atrás, "no percatándose que ya había introducido el cargador".

En ese preciso instante el fallecido, junto con otras dos personas, circulaba por la vía en una furgoneta. La bala terminó por abatirle y causarle la muerte inmediata. Fue tan rápido que ni sus compañeros de a bordo sabían lo que había sucedido.

La sala considera que ninguna prueba se ha practicado sobre la supuesta intencionalidad de matar y recordó que el agente que realió el informe de balística expresó que dada la poca visibilidad, el movimiento del vehículo y la posición del tirador, más baja respecto de la carretera, las posibilidades de un disparo intencionado eran muy bajas y además muy difíciles.

Eso sí, cree que el agente debió advertir que había puesto el cargador y que no debió dirigir el arma hacia la carretera, "por la que era previsible que circularan vehículos".

El abogado del guardia civil, Antonio Barba, destacó que la sentencia está muy bien fundamentada y se dio por satisfecho porque el tribunal ha dado por acreditado que en la imprudencia no hubo voluntariedad en el disparo, ni que tampoco hubo dolo ni mucho menos asesinato. Eran algunos de los argumentos que esgrimía la acusación particular en su calificación.

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