Fin del confinamiento

Los puertos de Algeciras y Tarifa, puntos de entrada a España desde fuera de la UE tras la apertura de fronteras

  • El Gobierno considera que ambos, junto con otros once, tienen "capacidad de atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional"

Vista aérea del Puerto de Algeciras.

Vista aérea del Puerto de Algeciras. / E. S. (Algeciras)

El Gobierno ha designado los puertos de Algeciras y Tarifa como puntos de entrada a España, desde países de fuera de la UE, tras la apertura de las fronteras para las personas una vez terminado el confinamiento por el Covid-19. Ambos puertos figuran en una relación junto a otros once muelles españoles. 

La decisión se ha conocido este miércoles con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de dichos puntos de entrada. Junto a Algeciras y Tarifa están los puertos de Barcelona, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Palma de Mallorca, Tenerife, Valencia, Vigo, Santander, Alicante y Motril.

En cuanto a los aeropuertos, son los de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, Gran Canaria, Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Málaga-Costa del Sol, Palma de Mallorca, Sevilla, Menorca, Ibiza, Lanzarote-César Manrique, Fuerteventura, Tenerife Sur, Alicante-Elche, Seve Ballesteros Santander, Bilbao y Valencia.

El Gobierno considera que estos aeropuertos y puertos son "Puntos de Entrada con capacidad de atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional".

"Una vez finalizado el estado de alarma y levantadas las restricciones de entrada en relación con las fronteras interiores, el foco de atención se centra en otras zonas geográficas en las que la situación epidemiológica sigue siendo preocupante con un nivel de riesgo elevado", se indica en el BOE.

Por este motivo, el Gobierno ha decidido "continuar limitando la entrada en España a través de los puntos de entrada designados a los medios de transporte internacional procedentes de terceros países, con el objetivo de identificar de manera temprana a las personas enfermas y a sus contactos en el marco de la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional motivada por el Covid-19".

No obstante, la limitación no se aplicará a las aeronaves de Estado, la realización de escalas con fines no comerciales, los vuelos exclusivos de carga ni a los vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia ni a los buques de Estado, los buques que transporten carga exclusivamente ni a los buques que realicen navegaciones con fines humanitarios, médicos o de emergencia.

El Ministerio de Sanidad, previa solicitud justificativa, podrá levantar la limitación, autorizando puntualmente aeronaves o buques que transporten exclusivamente ciudadanos españoles, residentes en España u otros colectivos contemplados.

Este acuerdo producirá efectos a las 00.00 horas del 21 de junio de 2020 y tendrá vigencia hasta las 00.00 horas del día 1 de julio de 2020.

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