Juicio de los ERE

Viera reprocha a la Fiscalía que incluyó la malversación para "asegurar" la condena

  • Denuncia que el "laberinto de procedimientos" y el intento del Ministerio Público de realizar un "doble enjuiciamiento" a los ex altos cargos le ha generado "indefensión absoluta"

Viera, primero por la derecha, junto a Chaves, Griñán y Zarrías

Viera, primero por la derecha, junto a Chaves, Griñán y Zarrías / Julio Muñoz / EFE

El abogado José Manuel Herrera, que representa al ex consejero de Empleo José Antonio Viera, ha reprochado este jueves a la Fiscalía Anticorrupción que introdujera el delito continuado de malversación de caudales en el procedimiento específico de los ERE con el "fin ilegítimo de asegurar un resultado con su escrito de acusación", en alusión a una posible condena para que la defensa ha alegado que no existe prueba de cargo suficiente porque no han sido traídos a este juicio como partícipes a título lucrativo de la malversación los 6.800 trabajadores que se beneficiaron de las ayudas de los ERE.

En la 151 sesión del juicio que se celebra hoy, que coincide además con el primer aniversario desde que comenzó la vista oral, la defensa del ex consejero de Empleo ha reiterado que la Fiscalía "tenía razón" cuando al principio del juicio denunció la indefensión de los acusados y pidió la delimitación del objeto del denominado procedimiento específico, por lo que ha indicado que "quizás se debería haber estimado la cuestión previa del fiscal" formulada en este sentido.

El abogado José Manuel Herrera, durante su informe El abogado José Manuel Herrera, durante su informe

El abogado José Manuel Herrera, durante su informe / julio Muñoz / EFE

El letrado ha subrayado la "contradicción" que existe entre la decisión de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, que está excluyendo a los ex altos cargos del resto de las piezas separadas de investigación en aplicación del principio legal non bis in ídem -para evitar el doble enjuiciamiento-, y el auto de esta Sala que resuelve las cuestiones previas y establece que no serán objeto de este juicio las distintas piezas separadas desgajadas de la causa principal.

"Hemos llegado al juicio y lo hemos desarrollado ante un laberinto de procedimientos que ha impedido el ejercicio del derecho de defensa, un laberinto con el fin ilegítimo de asegurar un resultado con su escrito de acusación", ha reprochado al Ministerio Público, a lo que ha añadido que considera que existe un "fraude procesal según el propio planteamiento de inicio del fiscal" y que se le ha causado a este ex alto cargo una "indefensión absoluta".

Ese laberinto procesal, ha proseguido, constituye una "tela de araña en la que nos hemos visto inmersos desde el primer momento y se ha tejido a través de esos procesos múltiples cuyos objetos no estaban perfectamente definidos y que causaban indefensión", ha insistido.

Herrera ha sostenido que otra causa de indefensión consiste en que el fiscal mantiene en este juicio el delito de malversación de caudales públicos y también la acusación en el resto de las piezas que siguen en investigación por los mismos delitos, destacando que Anticorrupción sigue recurriendo los autos de exclusión de los ex altos cargos en esas piezas que están siendo dictados por el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla. De ahí que haya alegado la vulneración de la presunción de inocencia y del derecho a un proceso con todas las garantías, a que no haya un "doble proceso" ni se vulnere el non bis in ídem.

La defensa alega la prescripción del delito de prevaricación al haber transcurrido más de diez años hasta que Viera fue imputado

José Antonio Viera se enfrenta a una petición de ocho años de prisión y 30 años de inhabilitación por delitos continuados de prevaricación y malversación de caudales públicos, y según su defensa en este juicio se ha acreditado que "no se cometió ninguna prevaricación" y así ha dicho que si no se hubiera "anudado" este delito al de malversación se habrían cumplido "con creces" el plazo de diez años de prescripción del delito de prevaricación, dado que Viera fue consejero entre el 29 de abril del año 2000 y el 25 de abril de 2004 y no fue imputado en la causa abierta en el Tribunal Supremo a los aforados hasta el 13 de noviembre de 2014.

Ha argumentado asimismo que tampoco se ha acreditado la malversación de los caudales públicos porque no se ha concretado la cuantía correspondiente a cada ejercicio y los 6.800 trabajadores que recibieron las ayudas no han sido traídos a este procedimiento, porque el fiscal "no ha querido traerlos a todos los beneficiarios", por lo que no ha existido "prueba suficiente" para mantener la acusación por este delito, ya que no se puede admitir la "malversación genérica por el montante total de la partida 31L para cada ejercicio". Como no se ha cumplido el requisito de la suficiencia probatoria y no se han traído a los perceptores de las ayudas, en el caso de que la sentencia no fuese absolutoria se habría "vulnerado el derecho de defensa", ha agregado.

El letrado ha añadido que no sólo se ha producido una "indefensión plena" en este proceso, sino que esta indefensión se ha producido ademas con un "vacío probatorio", y si el delito de malversación se ha producido en concurso ideal con la prevaricación, tampoco se está en condiciones para "discernir si eran ilícitos administrativos y no penales", por lo que ha concluido que hay una indefinición y falta de pruebas de ambos delitos.

Con respecto a la actuación concreta del ex consejero de Empleo, la defensa consideró que Viera “no pudo hacer más, cumplió con sus obligaciones, hizo lo que tenía que hacer, ya que no tenía competencias técnicas en su macroconsejería”.

El juicio quedará visto para sentencia el lunes

El juicio de los ERE finalizará el próximo lunes, cuando la defensa de Viera concluya su informe, y después intervendrá el abogado José María Mohedano para exponer su informe con respecto al último de los 21 ex altos cargos que se sientan en el banquillo: el ex director general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano.

Cuando finalice ese informe, el presidente del tribunal, el magistrado Juan Antonio Calle Peña, dará la última palabra a los 21 acusados, por si quieren añadir algo a todo lo que se ha dicho, y quedará visto para sentencia un año y cuatro días después de comenzar.

La sentencia del caso no se conocerá previsiblemente hasta mediados del año 2019, dado que los tres magistrados tienen que deliberar y redactar una resolución que contendrán centenares de folios.

El presidente del TSJA destaca la capacidad de la Justicia con este juicio

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha hecho este jueves  una reflexión “positiva” en relación a la causa de los ERE porque se ha trasladado a la ciudadanía que, “con independencia de la posición política e institucional” de los acusados, ha sido posible celebrar el juicio.

Lorenzo del Río ha reconocido en declaraciones a los periodistas en Granada que le preocupa la lentitud muchas veces de la Justicia y sobre todo que los tiempos de respuesta estén muy separados del momento en que se producen los hechos, algo que “como reflexión general no es bueno”, pues “cuanto más lejana, más sensación tiene uno de la pérdida de valor de la sentencia que pueda producirse”.

No obstante, ha matizado que este tipo de macrocausas no son fáciles, pues exigen la aportación de otras muchas instituciones, informes periciales y demás pasos que las hacen complejas. Pese a todo ha efectuado una reflexión “positiva” por entender que se ha trasladado a la ciudadanía que “somos capaces, con independencia de las personas, de la posición política, institucional que tengan, de producirse el juicio y ahora a esperar el resultado”, ha agregado Del Río durante un desayuno con periodistas en la sede del TSJA con motivo de la Navidad.

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