Ley de Segunda Oportunidad

La justicia exonera de sus deudas a un trabajador de Algeciras incapacitado para trabajar

  • "Pasar de su nómina a la pensión por incapacidad significaba una disminución de sus ingresos de un 20%", detalla la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en un comunicado

  • La deuda roza los 35.000 euros

Los juzgados de Algeciras.

Los juzgados de Algeciras. / Erasmo Fenoy (Algeciras)

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Algeciras ha dictado la cancelación de las deudas, que ascienden a 34.326,90 euros, a un vecino de la ciudad incapacitado para poder trabajar. Según detalla la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en un comunicado, este algecireño se vio obligado a dejar su trabajo por una incapacidad física. "Pasar de su nómina a la pensión por incapacidad significaba una disminución de sus ingresos de un 20%", detalla la nota.

"En esta tesitura, decidió priorizar los gastos necesarios para la manutención de su hija. Con los primeros impagos los acreedores no tardaron en comenzar a acosarlo". A finales de 2018, contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, compuesta por abogados especialistas en la llamada Ley de Segunda Oportunidad, ideada para que las personas físicas puedan superar una situación de insolvencia grave o quiebra siempre.

Segunda oportunidad

"Demostrada su intención negociar con los acreedores y dado que carecía de antecedentes penales económicos, el deudor fue considerado como de buena fe y, por ello, tenía derecho a solicitar la exoneración del 100% de la deuda al Juzgado", prosigue el comunicado. Así lo hicieron efectivo sus abogados presentando la demanda de concurso y siendo aceptada por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Algeciras.

No todo el mundo se puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, la cual entró en vigor en 2015. Las condiciones para ello son: ser insolvente, carecer de delitos de orden socioeconómico, no haber estado en concurso en los últimos 5 años y no haberse exonerado en los últimos 10. "Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva el pasado 25 de noviembre concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 34.326,90 euros", detallan los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.

"Con esta sentencia los acreedores del concursado -entre ellos Cetelem, Liberbank, Citibank y Kutxa - no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos al ya ex-deudor", finaliza la nota.

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