El dueño de un bar en el centro abona 0,41 euros por velador

Es la tasa diaria que hay que pagar por cada juego de una mesa y cuatro sillas si el permiso es temporal. Hay tres categorías de calles y cada una tiene un precio distinto

Ciudadanos disfrutan en las terrazas de la calle Ancha.
Ciudadanos disfrutan en las terrazas de la calle Ancha.
E. Correa / Algeciras

05 de junio 2011 - 01:00

Una mesa con cuatro sillas en una calle céntrica de Algeciras cuesta al dueño del establecimiento 0,41 euros al día según la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.

Todos los bares y locales de ocio que tenían veladores en Algeciras han vuelto a solicitarlos este año máxime cuando la ley antitabaco que prohibe fumar en el interior de todos los locales entró en vigor el pasado 2 de enero.

La cuota tributaria que impone el Ayuntamiento de Algeciras es para cada juego de mesa con cuatro sillas. En concreto, el municipio está dividido en vías públicas de tres categorías. La de primera categoría, que coinciden con el centro puro y duro; un segundo grupo que aglutina las de segunda y tercera categoría y el tercer grupo que se refiere a las calles de cuarta y quinta categoría. Según fuentes municipales, es posible incluso que un negocio tenga mesas en dos calles de categorías distintas o que esté situado en una misma calle pero la misma está dividida en dos fracciones.

Una calle de primer rango es la calle Alfonso XI, más conocida como calle Convento, donde el juego de una mesa y cuatro sillas supone un coste que asciende a 53,64 euros. La tasa es anual por lo que el propietario del negocio abonará 4,47 euros al mes. Dependerá del número de mesas que tenga la terraza que el coste se incremente más o menos. En las calles incluidas en la segunda y tercera categoría la tasa anual por mesa y cuatro sillas supone 31,98 euros al propietario del bar que las instala. Por último, en calles de cuarta y quinta categoría el precio asciende a 21,34 euros. Si el permiso solicitado es temporal, el coste que supone a quien coloca la terraza el juego de una mesa y cuatro sillas en el centro es de 0,41 euros al día. Si el velador está en una calle de la segunda fracción, es decir, en las de segunda y tercera categoría, abonará 0,30 euros al día. Y los dueños de bares con terrazas en calles de cuarta y quinta categoría pagarán 0,19 euros diarios por una mesa con cuatro sillas.

Asimismo, la tasa hace mención a los toldos, marquesinas o parasoles. Por cada metro cuadrado ocupado el empresario deberá pagar al Consistorio 3,48 euros. La misma cantidad por metro cuadrado abonará si se trata de una nevera o una barbacoa en la vía pública.

El cumplimiento de los requisitos para instalar una terraza en Algeciras es vigilado por la delegación de Seguridad Ciudadana. No hay un criterio urbanístico para conceder o no al empresario la colocación de veladores en las calles. Es necesario comprobar si se cumple con la seguridad respecto al paso de bomberos, así como que el tráfico rodado no suponga un peligro para los clientes de las terrazas.

Según la tasa reguladora de los veladores, las vías públicas que no aparezcan señaladas en el índice alfabético serán consideradas de quinta categoría.

Del mismo modo, incide en que cuando el espacio afectado por el aprovechamiento esté situado en la confluencia de varias vías públicas, se aplicará la tarifa que corresponda a la vía de categoría superior. Por último y no menos importante, los parques y jardines que hay en Algeciras se considerarán como vías públicas de primera categoría a la hora de aplicar la tasa.

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