Historias de Algeciras

Denuncia municipal, placa en la Plaza Alta y el Convento de la Merced convertido en cárcel

  • Mientras los liberales tomaban represalias contra los absolutistas, las vidas de los algecireños transcurrían sufriendo los efectos del enfrentamiento político

La Plaza Alta de Algeciras, donde existió una placa dedicada a Riego.

La Plaza Alta de Algeciras, donde existió una placa dedicada a Riego.

Las autoridades algecireñas para aquel último mes del primer trimestre del segundo año liberal, tenían todo su pensamiento en la celebración del día de la Constitución: “Algeciras á 19 de Marzo de 1821. Aniversario de la promulgación de la Constitución política de la monarquía española. Descripción de la festividad Civico-Religiosa en esta Ciudad tan grandioso día […] La Compañía Voluntaria de Milicia Nacional Local de esta Ciudad, deseando solemnizar tan grata memoria dispuso el día 18, un abundante y magnífico ambigú en la Casa Coliseo (situado en calle Ancha, esquina calle Comedia, hoy Rocha), para 300 personas la noche del 18, al que concurrieron el Excmo. Sr. Comandante General con su Estado Mayor, los Gefes, Oficiales, varios Sargentos y Soldados del benemérito Regimiento de la Corona, el Comandante y Subalterno de la Compañía de Escopeteros de Getares, el Comandante de la Artillería con los individuos de su arma, el de igual clase de Ingenieros, el Ministro de Hacienda de este Campo (sic), el contralor (interventor) del Hospital Nacional del mismo, y muchos otros individuos pertenecientes al Estado Militar”.

Prosiguiendo la lista de invitados: “Igualmente concurrieron el Sr. Jefe Político de este Partido, varios de los señores que componen el Cuerpo Capitular, el Cura Párroco el Vicario Eclesiástico, los empleados de esta Aduana, y muchas otras personas de distinción y carácter”. Antes de dar cuenta del “abundante y magnífico ambigú”, tomó la palabra el Capitán de la Milicia Nacional de Voluntario, expresando, entre otras, la "Constitución Política de la Monarquía, este gran día del pacto nacional, que ha desterrado las opacas sombras que entorpecían la razón y embrutecían al hombre, que ha disipado las ilusiones de la preocupación, que ha desechos los grillos y amarras de nuestro nobles cuerpos, uncidos violentamente al desastroso carro de la tiranía; he aquí el dulce objeto de las más grata de todas las memorias [...] ¡¡¡Viva la Constitución!!!".

A continuación: “Concluido este festejo principió un magnífico baile dado por la expresada Compañía en la misma casa Coliseo en el que lució el bello sexo, y se vió una reunión tal que se nos experimentaba hacía muchos años”. Al día siguiente: “Reunidas las autoridades en la Parroquia de Nuestra Señora de la Palma, se celebró misa solemne por el Cura Párroco, entonando á su conclusión un Te-Deum”. Posteriormente: “Por la Orden de la Plaza anunció el Sr. Comandante General que á las doce del día se hallasen las tropas en el Campo llamado del Calvario, para celebrar aniversario solemne del 19 de Marzo de 1812, en que la Nación juró y promulgó su sagrado Código”. Para finalizar: “El General se puso a la cabeza de la columna y mandó entonar el himno patriótico del inmortal héroe Rafael de Riego, se dirigió a la Plaza de la Constitución (Alta), donde a su entrada se formó la columna de honor y colocado el General frente a la Lápida, dio paso a la columna saludando a cada sección con los vivas más entusiastas […] Por la noche el mismo día hubo iluminación en toda la ciudad”. 

Tras los fastos, y tan solo unos días más tarde, se demostró que las patrióticas palabras contenidas en el discurso del capitán de la Milicia Local -"...desterradas las opacas sombras que entorpecían la razón y embrutecían al hombre que ha desechos los grillos y amarras de nuestro nobles cuerpos, uncidos violentamente al desastroso carro de la tiranía"-, ciertamente se defenderían con toda la fuerza posible, incluida la de las armas.

Prueba de ello, fue la denuncia que el consistorio algecireño remitió al Gobernador Militar proponiendo duras medidas contra los absolutistas del Partido del distrito: “Ayuntamiento constitucional de esta ciudad. Excmo. señor. Se han reunido en la tarde de este día porción considerable de ciudadanos del pueblo, manifestando, con moderación y respeto  que existiendo en él algunas personas conocidamente desafectas al sistema constitucional, exigía la seguridad del estado, se adoptasen por el ayuntamiento medidas, prontas y eficaces, que alejasen todo motivo de recelo, y separasen a los unos del inmediato roce con los habitantes y a todos generalmente, de los cargos públicos que los más de ellos ejercen. Esta expresión fue presentada al ayuntamiento por una comisión nombrada al efecto y compuesta de personas respetables; la oyó y examinó de la nota acompañada de los individuos marcados en la opinión”. 

Prosiguiendo el informe: “Y después de un maduro y reconocimiento y discusión con asistencia de V.E. y del Sr. Cura párroco, determinó, constando al bien del estado y tranquilidad pública, los puntos siguientes: 1º.- Que el teniente general don José O'Donell residente hoy en San Roque, y cuya opinión política se halla tan marcada de contraria á nuestro sistema actual, sea trasladado al convento de padres mercenarios de esta ciudad bajo las circunstancias que en el papel de esta noche he manifestado á V. E. 2º.- Que el coronel, sargento mayor de este campo, don José de Velasco, el médico del hospital militar don Crecencio Santos, y el capellán del mismo fray Hilario de Barcelona, sean en igual forma constituidos en dicho convento, donde por ahora quedan sin comunicación, y los tres suspensos del ejercicio de sus funciones respectivas”. Dichas medidas represivas solicitadas, las fundamenta el consistorio liberal local, sobre: “Lo prevenido por las Cortes en Decreto de 12 de abril de 1812, ninguna persona que tenga sobre sí la nota de desafecto al sistema constitucional, debe ejercer funciones ni cargos públicos”. Asimismo especifica: “La guardia nacional estará encargada de la custodia de estas personas hasta la resolución de las autoridades política y militares de la provincia á quienes se da parte de esta ocurrencia”.  

Extracto de una denuncia municipal. Imprenta Contilló (1821). Extracto de una denuncia municipal. Imprenta Contilló (1821).

Extracto de una denuncia municipal. Imprenta Contilló (1821).

Pero no quedaron ahí las medidas solicitadas por el Ayuntamiento de Algeciras presidido por el doceañista y ex diputado Ventura Fita, quién en su represivo escrito continuaba pidiendo: “3º.-Que con el brigadier don Manuel María Albergoti, á quien el pueblo mira como desafecto al sistema, tenga V. E. la bondad de disponerlo conveniente por igual razón que con los tres individuos anteriormente nombrados, para que no pueda llegar el caso de que ejerza mando alguno militar en el distrito de la comandancia general de este campo, precaviendo de este modo cualquiera mal que pudiera causarse en ello al estado y el pueblo. 4º.-Que hallándose asimismo muy marcado por su contraria opinión y ningún afecto al sistema el subteniente de artillería don Romualdo Rabanera, que tiene su casa en esta ciudad y hoy se halla en la de Cádiz, se sirva V. E. también disponer  lo que mejor le parezca, para que no pueda regresar por ser así convenientemente al servicio y seguridad de la patria.

Y 5 °-Que en concepto á que el auditor de guerra de este Campo don Joaquín Monge es también conocido no adicto al sistema, tenga V. E. la bondad de haberle entender de hecho, y solo por ello, queda suspenso de las funciones de su empleo  asesorándose V. E. en los caso que le ocurran con el letrado que fuese de su agrado porque así conviene al mejor servicio. Y como V. E. ha sido fiel testigo de la ocurrencia, por lo que interesa al bien común de la patria, espera el ayuntamiento tenga V. E. la bondad de auxiliarle en sus determinaciones y disponer ejecute cuanto dejo expresado manifestándole que sin dadas las disposiciones convenientes para que sean admitidos en el convento las cuatro personas destinadas á él hasta recibir resolución de las autoridades de la provincia: todo lo cual digo á V. E. por acuerdo del ayuntamiento. Dios guarde á V E muchos años. Algeciras, 25 de abril de 1821. Excelentísimo señor Ventura Fita. Excmo. señor comandante general de este Campo P. D. Luego que lo permita el tiempo de que en estos momentos carezco pasaré á V.E. certificación acta del ayuntamiento donde proceden estas determinaciones”.

Y recordemos que según: “Real Decreto de 25 del mes de octubre (1820) que comprehende el Reglamento para el Tribunal Especial de las Órdenes […] declara que para proceder a la prisión de cualquier español precediendo siempre la información sumaria del hecho, no se necesita que esta produzca una prueba plena ni semiplena del delito”. Desgraciadamente, cuando el sueño liberal terminó, la misma legislación con urgentes reformas más represivas si cabe, fue de aplicación contra el bando vencido

Y mientras estos tristes y graves hechos ocurren en nuestra ciudad, las vidas de los algecireños transcurrían sufriendo los efectos del enfrentamiento político, como así le sucedió a la vecina Teresa Elice, quién en escrito de protesta expresaba: “Quién casada con Nicolás Martín venía reclamando judicialmente desde el 4 de diciembre de 1820 la cantidad que prestó de 28.000 reales a José Aragón para atender urgencias y necesidades el 5 de marzo de 1816, y quién se obligó a devolver en dos años sin que hasta el día haya  resolución judicial”. Como se ha podido comprobar anteriormente, el alcalde y juez Fita estaba en otras cuestiones.

Al mismo tiempo que el citado el juez estaba a lo suyo, instancias superiores envían escrito al jefe del distrito algecireño para que los ayuntamientos de su jurisdicción “remitan listado donde conste sucintamente los trabajos que hayan hecho durante al año próximo pasado”. Asimismo, quizá, respetando el principio constitucional de publicidad, exigen: “Y publiquen -dichos trabajos- en sus respectivos pueblos por medio de carteles de que también remitan un ejemplar de su contenido […], y por medio de los periódicos. Que el día primero de cada mes presenten al público un estado de las existencias de los caudales de Propios y arbitrios con el alta y baja del mes anterior [...] Y den cuenta de los abusos que noten y adviertan en la Administración de las rentas públicas, como también las infracciones á la Constitución que hubieran observado […], para que esta instancia pueda pedir la competente reparación”. 

Siguiendo con la actividad auténticamente reformista y dentro del mencionado paquete de medidas, constaban las que siguen: “Que todos los Ayuntamientos den cuenta del estado en que se hayan los caminos de su término, ya sean generales como de travesía para que con respecto a uno y otro […] disponer lo que sea y convenga a la causa pública”. Una muy interesante noticia para la comarca llegó dentro del mismo contexto: ”Se sometió al conocimiento del Gobernador Militar de Cádiz de un camino de comunicación de esta Provincia con la de Málaga y Granada […] a fin de que se remita expediente sobre el particular hubiese formado con órdenes, planos, diseños y proyectos que tengan relación con el mismo asunto, para que examinado todo se pueda dar curso á este negocio como mejor convenga á la causa pública”.

Afortunadamente había entre los doceañistas quienes entendían el revolucionario paso dado un año antes de modo constructivo. Siguiendo con las positivas medidas: “Se exige urgente relación de las Escuelas gratuitas de uno y otro sexo establecidas en cada pueblo por cualquier persona, cuerpo o comunidad, expresando si son ó no suficientes; y en el último caso, un presupuesto de las que sean necesarias con el cálculo de sus gastos y medios de subvenir á ellos, expresando al mismo tiempo el número de niños y niñas que deben graduarse en necesidad de ser educados gratuitamente”. 

Sin duda, el nuevo Estado liberal funcionaba a dos velocidades, pues si bien en las capitales de provincias la urgencia estaba en la acción reformadora, en las pequeñas localidades imperaba en no pocas ocasiones la violenta defensa del nuevo sistema. En un corto futuro, cambiarían las tornas con igual y en algunos casos peor ensañamiento.  

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