La constructora del parking Escalinata, multada por tratar de dilatar el caso

El juez cree que era lo que buscaba con una solicitud de aclaración de sentencia que no admite

D. C. Algeciras

03 de diciembre 2015 - 01:00

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Algeciras ha inadmitido una solicitud de aclaración de sentencia presentada por Nautagest SL -constructora y adjudicataria del parking Escalinata- al fallo judicial que decretó las indemnizaciones a los residentes del edificio del mismo nombre por los daños en el inmueble y por haberlo tenido que abandonar por los efectos de la edificación del aparcamiento. El juez no solo rechaza la solicitud, sino que considera tan evidente que lo que perseguía la empresa era dilatar el caso que le anuncia la incoación de una pieza separada para imponerle una multa por ello.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 condenó en un fallo fechado el pasado 28 de septiembre de manera solidaria al Ayuntamiento y a Nautagest a indemnizar a los vecinos del edificio Escalinata por los daños y gastos derivados del abandono de sus viviendas después de que éstas se vieran afectadas por la construcción del parking.

Nautagest registró una solicitud de aclaración de sentencia que el magistrado rechaza en un auto fechado el pasado 26 de noviembre. "La solicitud de aclaración se formuló fuera del plazo legal, lo cual es suficiente motivo para inadmitirla. Añadimos que la solicitud carece de razonabilidad alguna, y apreciamos que la exclusiva finalidad de su formulación, fuera de plazo, es meramente dilatoria, abusiva e incursa en mala fe procesal, por lo cual vamos a ordenar la incoación de la correspondiente pieza separada para imponer la multa prevista", manifiesta con rotundidad el juez.

"La única razón de no imponer las costas procesales de este artificioso incidente es que no constan gastos generados a las otras partes personadas en este proceso", añade.

"La sentencia, entendemos, da detallada y motivada respuesta, al menos esa ha sido nuestra firme profesional intención, a todas las cuestiones planteadas, y los tres detalles cuya aclaración se solicita tienen debida respuesta en la misma y en las actuaciones", abunda.

En relación con la sanción que según entiende el magistrado se ha ganado Nautagest, el auto indica: "Debemos rechazar, por su mala fe y su exclusiva intención dilatoria, el planteamiento de este tipo de incidentes. Por ello, adicionalmente imponemos una multa a la entidad Nautagest y a tal efecto ordenamos la incoación de pieza separada con la finalidad de determinar la cuantía de la multa a imponer, comprendida entre 180 y 6.000 euros, a tenor de las alegaciones que tal parte formule".

La notificación del auto descrito reanuda el cómputo del plazo de interposición de recurso de apelación a la sentencia de las indemnizaciones.

El Ayuntamiento anunció que iba a recurrir el fallo judicial. La comunidad de vecinos del Escalinata estima que las indemnizaciones ordenadas por el juez ascienden a 2,6 millones de euros en conjunto. Los residentes no entienden que los demandados alarguen el proceso con recursos y escritos sin avenirse a negociar, habida cuenta de que añadirán más cargo de intereses, según opinan.

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