Justicia

La Audiencia Nacional acuerda abrir juicio oral contra Yassine Kanjaa por el asesinato de Diego Valencia

El homenaje a Diego Valencia en el primer aniversario de su asesinato.

El homenaje a Diego Valencia en el primer aniversario de su asesinato. / Erasmo Fenoy (Algeciras)

La celebración del juicio contra Yassine Kanjaa por el asesinato de Diego Valencia, sacristán de la iglesia de la Palma, el 25 de enero de 2023 en Algeciras está más cerca. La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha emitido un auto con fecha del 7 de marzo en el que acuerda abrir juicio oral contra el acusado y concede plazo de cinco días al Ministerio Fiscal para que emita un escrito de acusación. En todo caso, el juicio no se celebraría hasta el próximo otoño.

Una vez practicadas todas las pruebas y finalizado el trámite de instrucción, la Fiscalía, la acusación particular y la acusación popular han solicitado la apertura del juicio oral, mientras que la defensa se ha mostrado conforme con la conclusión del sumario, sin que hayan solicitado que se practiquen nuevas pruebas. 

Una vez que el Ministerio Fiscal emita el escrito de acusación, será trasladado al resto de partes y la Audiencia Nacional procederá a señalar la fecha para la celebración del juicio.

El pasado 11 enero, el magistrado Joaquín Gadea, juez de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 de la Audiencia Nacional, acordó la conclusión del sumario abierto contra Yassine Kanjaa, en el que consideraba que el asesinato de Diego Valencia y la agresión al sacerdote Antonio Rodríguez Lucena tuvieron carácter terrorista, por lo que el juicio correría a cargo, salvo sorpresa, en la Audiencia Nacional.

En el auto, Gadea recuerda que el 8 de noviembre se dictó auto de procesamiento contra Kanjaa por la presunta comisión de un delito de asesinato terrorista, castigado con pena de prisión permanente revisable, y un delito de lesiones de carácter igualmente terrorista por el que el acusado podría ser castigado con una pena de hasta 15 años de reclusión. El magistrado acordó entonces mantenerle en prisión provisional e imponerle una fianza de 100.000 euros para afrontar sus responsabilidades.

Gadea llega a la conclusión de que los hechos fueron constitutivos de delitos de terrorismo a la vista de los atestados e informes policiales, la declaración realizada por el propio investigado y de los testigos y los perjudicados, así como los informes periciales y la documentación recabada durante estos meses de investigación.

En torno a la posible alteración psíquica de Kanjaa en el momento del ataque, el juez subrayaba que ese hecho, de probarse, afectaría "al alcance de la culpabilidad", pero no a la calificación de los hechos como terroristas.

 

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