Historias de Algeciras

Trienio Liberal (1820-2020): el jefe del Partido de Algeciras remite memoria a las Cortes

  • Los algecireños luchan por sus derechos y esperan resoluciones judiciales, mientras se analiza el papel del "Gefe Político del Partido"

  • Uno de los casos más relevantes es la sentencia por el traslado de quintos a Sevilla

Al comienzo del siglo XX aún existían muchas de las huertas de la época del Trienio Liberal.

Al comienzo del siglo XX aún existían muchas de las huertas de la época del Trienio Liberal.

Y mientras los hortelanos algecireños luchan por sus derechos contra un Ayuntamiento liberal con claros signos absolutistas, se mira muy de cerca la actualidad acontecida en la villa y corte, entre "servilones y constitucionalistas", y entre estos últimos entre "moderados y exaltados", comentar que personajes doceañistas tan destacados como Alcalá Galiano se pronunciaban en los siguientes y preocupantes términos: “No haya perdón ni tregua para los enemigos de la libertad”.

En la galdosiana obra La Fontana de Oro, el autor canario pone en boca de uno de sus personajes: "Los ministros hablan de libertad, los diputados hablan de libertad, los de los clubes hablan de libertad, pero la libertad no se ve, no existe es una farsa". Y todo esto que acontecía en la capital del reino durante el segundo año liberal tenía como testigo, según refiere la citada obra, a un gaditano de nombre Curro Aldama, gran aficionado a los toros, exaltado constitucionalista de quién se decía: "No sonaba un cencerro en Madrid, sin que él tomara parte en la danza".

Dejando atrás la violencia verbal política, de quién era testigo el reseñado Aldama y por más señas natural de Algodonales, en nuestra ciudad, la actualidad la marca el expediente abierto en el despacho de la calle Ancha por el Jefe subalterno del Partido algecireño: “Dirigiendo una copia del mismo al Juez de primera instancia del mismo partido sobre estar suspenso los derechos de ciudadanía, Don Francisco Zagala del Castillo, Secretario del Ayuntamiento de Los Barrios". Se ordena que dicho Gefe Político del Partido de Algeciras, haga saber al Ayuntamiento: "Separe de su destino al secretario Don Francisco Zagala, procediendo a la elección de otro mediante a que no se halla hábil para ejercer destino público por tener en suspenso los ejercicios de derechos de ciudadano”.

Recordemos que Zagala había pasado con el mismo cargo y responsabilidad administrativa por el cabildo de San Roque, de donde fue destituido "al no ser acreedor a la confianza que se deposita en un secretario de Ayuntamiento Constitucional".

En otro orden de asuntos y ante la posible falta de respuesta administrativa, un vecino de nuestra ciudad se dirige nuevamente a través del jefe político del distrito a las altas instancias liberales de la provincia expresando: “Manuel Álvarez, vecino de Algeciras solicita la posesión de una suerte de tierra, y en su vista [...] y teniendo presente que ya la tiene concedida en aquel término, y en virtud de otra instancia anterior se acuerda archive la presente”.

Y mientras la liberal administración se ocupa de informar debidamente al administrado local de la resolución primera a su favor, otro vecino de nuestra ciudad, se dirige al consistorio algecireño mediante la preceptiva instancia: “Don Juan de Morales, vecino de Algeciras que remitió el Ayuntamiento de la misma ciudad con fecha de primero de octubre del año 1820, sobre que del fondo de aquellos propios se le paguen la cantidad de 9.344 r.v. que se le adeudan por alcance que resultó á su favor en la cuenta que tiene presentada de gastos causados en la comisión que se le encargó de conducir á Sevilla y entregar en la Caja los quintos de aquel pueblo pertenecientes al sorteo del año de 1819, y en vista se informa a dicho Ayuntamiento, manifestando no tener otros conocimientos ni antecedentes en el asunto que los que arroja el expediente, sin que sea esto suficiente para fundar una resolución justa [...] se acuerda que para fijar el legítimo alcance que deba satisfacer a Morales, se remita el referido expediente al Gefe Político del partido de la misma ciudad, a fin que dándole oportunas instrucciones con audiencia del interesado y del Ayuntamiento que lo comisionó, y con lo demás que crea necesario para la aclaración de la cuenta, informe sobre lo que se le ofrezca y parezca con informe de devolución”.

Extracto solicitud pago por traslado de quintos a Sevilla. Extracto solicitud pago por traslado de quintos a Sevilla.

Extracto solicitud pago por traslado de quintos a Sevilla.

Y mientras se está a la espera de la aclaración económica por el asunto del traslado de los quintos, en Algeciras acontecen hechos como el que sigue, teniendo como escenario el juzgado local: “Don Francisco Adalid, de esta vecindad de Algeciras [...] en la plaza de Ceuta se principió y luego Causa Criminal de oficio que se continúa en este juzgado de Algeciras, contra el capitán Don Pedro Rosely, Comandante Accidental del Regimiento de Infantería de América, y habiendo formado instancia para que se le encarcelase bajo la correspondiente fianza se accedió a ello [...] que de su voluntad recibe en fiado al citado Don Pedro Rosely, como carcelero comentariense en quién desde ahora se constituye [...] obligándose cuando se le requiera a restituirlo a la cárcel Nacional de donde lo recibe”.

Al mismo tiempo que el citado comandante espera el requerimiento judicial bajo el aval legal del vecino algecireño, el responsable político del distrito se dirige directamente a las Cortes remitiendo: “Memoria dirigida por el Gefe Político del Partido de Algeciras”.

El citado órgano unipersonal liberal, también envió copia de la citada memoria de gestión al Jefe Supremo, respondiendo este: “Se leyó la memoria que ha dirigido á las Cortes el Gefe Político del Partido de Algeciras [...] con su oficio de 15 de este mes, y enterada esta Corporación se acuerda se le den las expresivas gracias al expresado Gefe por su celo patriótico en favor de la felicitud de la provincia”.

Y mientras es reconocida por la liberal superioridad el buen hacer de su delegado en nuestra ciudad y partido, en la capital de la constitucional España no cesan las llamadas procesiones cívicas en defensa del sistema doceañista, el cual empieza a verse claramente amenazado desde dentro por los llamados "servilones" disfrazados de moderados.

Sobre estas manifestaciones, se recoge en la galdosiana obra reseñada anteriormente: "En el periodo absolutista el pueblo no se manifestaba sino como un convidado más, añadido a la lista de alcaldes, funcionarios, gentiles hombres, frailes y generales, el pueblo no era otra cosa sino un espectador". Durante el Trienio Liberal, sigue recogiendo el texto de la citada novela: "El pueblo se manifestaba sin previa designación de puestos, y sin necesidad de arcos, ni oriflamas, ni banderas, ni escudos”.

Sea como fuere, aquellas expresiones políticas terminaban normalmente como el Rosario de la Aurora, añadiendo uno de los galdosianos personajes: "Se puede asegurar que desde que tenemos libertad, los españoles no nos acostamos un día tranquilos".

De regreso a nuestra ciudad y prosiguiendo con el liberal análisis de aquellos intensos días, comentar que el Ayuntamiento dirigió un oficio a las altas instancias provinciales consultando: “Sobre si en las listas de hombres de mar del presente año han de inscribir á los mayores de 40 que lo fueron en el anterior, por las razones de no haber estos reportados beneficio alguno al servicio de la armada, y por cuya falta dudan si han de tener derecho al goce de la pesca".

Se le recuerda al citado consistorio que "el artículo primero del decreto de 27 de octubre de 1820, no excluye á ningún español de la libertad de pesca y demás goce que prefija bajo las condiciones que en él se expresan, se prevenga al Ayuntamiento de Algeciras, que no privándose este disfrute a los mayores de 40 años, deberán ser inscritos, porque la misma razón con que el mismo Ayuntamiento los supone agraciados, con preferencias á los menores de 18, tienen estos según el artículo quinto del citado decreto, hasta cuya edad puedan aprovechar y no contribuir al servicio personal”.

Al comienzo del siglo XX aún existían muchas de las huertas de la época del Trienio Liberal. Al comienzo del siglo XX aún existían muchas de las huertas de la época del Trienio Liberal.

Al comienzo del siglo XX aún existían muchas de las huertas de la época del Trienio Liberal.

Siguiendo en el mismo contexto, pero de un modo más personalizado, un vecino de nuestra ciudad llamado José Lafita, quién presentó a través del consistorio local una instancia relativa a: “Excepción del servicio de la armada que le ha tocado en suerte, fundándose en el privilegio que concede el decreto de ocho de octubre de 1820 á los dueños de barcos que navegan en ellos patroneándolos, y resultando de dicho informe que el referido Ayuntamiento, contesta la justicia de la solicitud de Lafita en cuanto á la certeza de ser propietario de un barco, pero añadiendo que, por la cualidad de no navegar en él, le considera no comprehendido en la excepción que declara el mencionado decreto".

Se acuerda pues, que "José Lafita no ocultó esta última circunstancia manifestando que era accidental hasta reparar la avería que había hecho su buque, se prevenga al Ayuntamiento de Algeciras amplíe su informe en este concepto, expresando si la avería que indica Lafita es de fácil y realizable reparación, con lo demás que crea necesario [...] a fin de poderse formar un cabal juicio de si efectivamente dicho interesado es propietario de barco que puede navegar ó si la propiedad que ha alegado es ficticia”.

Y mientras se dirime si es fraudulenta o no la petición del algecireño vecino, un antiguo asunto pendiente por resolver exige, dada su gravedad, una pronta solución: "El Informe del Gefe Político del partido de Algeciras sobre el estado de la cárcel de esta ciudad".

"Aunque convencida esta autoridad provincial de la necesidad, utilidad y urgencia de la construcción de una nueva, atendidas las circunstancias de inseguridad, insalubridad, y demás graves defectos que se encuentran en la actual y resultan del citado expediente, notó, no obstante, no ser admisible el arbitrio de un recargo sobre la contribución de consumos que propone el Ayuntamiento para los gastos de la obra"

Por tanto, se acordó que "se encargue el expresado Gefe Político, que á falta de algún convento suprimido ó de cualquier otro edificio perteneciente á la Nación que pudiera proporcionarse para dicho establecimiento, disponga que los Ayuntamientos de los pueblos del Partido, por medio de comisionados autorizados competentes, se reúnan en Algeciras y traten de los medios que crean más á propósito para concurrir entre todos a este interesante objeto, cuya utilidad y necesidad les es común, en el concepto de que aquella ciudad deberá de contribuir por el doble respecto de capital de Partido y de tener en su recinto el edificio en cuestión”.

En otro orden de asuntos, y a pesar del reconocimiento hacia la liberal labor del subjefe del partido algecireño, en instancias constitucionalistas locales se recibe la siguiente misiva: “Real orden del 18 del actual para que se informe al Gobierno sobre si será ó no conveniente que en Ceuta y Algeciras haya Gefes políticos subalternos del superior de esta provincia manifestando que en caso de decidirse por la afirmativa sí convendría igualmente que estos destinos sean desempeñados por los Gefes militares de uno y otro punto [...] se acuerda hacer presente que se considera muy útil y ventajoso que el Gobernador militar de Ceuta continúe con el cargo de Gefe político subalterno, más que con respecto al partido de Algeciras, es de opinión que esta autoridad es absolutamente innecesaria y su permanencia es sumamente dispendiosa, pues tanto ahora casi ha estado reducido a ser el conducto del Gefe Superior para la comunicación de las órdenes e informes de cuyo círculo lejos de obtener los pueblos una ventaja, tienen el conocido perjuicio de la dilación en el despacho de los negocios y expedientes, pudiendo asegurarse que ninguna utilidad ha aportado al Partido del establecimiento de aquel Gefe en compensación de los gastos que ocasiona el pago de los sueldos y los de su secretaría, agregándose á esta circunstancia la de que esta provincia por su reducida extensión y por el corto número de sus pueblos que no llegan a 40, los cuales, la mayor parte, son de población considerable, presta mejor proporción para que el servicio esté bien desempeñado por autoridad superior sin necesidad de concilios subalternos”.

En contraposición con la doble opinión de las altas instancias constitucionales bien valga traer a colación la opinión del liberal cervantino, quién a su escudero dijo: "¡Sancho, que no se diga que a buen servicio, mal galardón!".

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