PROCESO DE ESCOLARIZACIÓN

El TSJA falla a favor de los padres de tres niños que se quedaron fuera de un colegio de Algeciras por un fraude escolar

Un aula vacía en un centro educativo.

Un aula vacía en un centro educativo. / E. S.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Algeciras que obliga a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía a detraer todos los puntos otorgados en la fase de baremación a cinco niños que lograron una plaza en el colegio concertado Los Pinos, en Algeciras, en el curso escolar 2019/2020.

De ratificarse esta sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el TSJA en el plazo de 30 días, la consecuencia será la expulsión del centro escolar de los cinco menores, cuyos padres presentaron datos erróneos en la inscripción, y la entrada en el colegio de los cinco siguientes en la lista de solicitantes que se quedaron fuera. Y ello, pese a que han pasado ya tres cursos escolares completos.

El alto tribunal andaluz ha estimado parcialmente el recurso presentado por los padres de tres niños que se quedaron fuera del citado centro educativo por haber estudiantes con más puntuación, o incluso con la misma (14 puntos), tras la celebración del sorteo entre los empatados. El caso ha sido llevado por un conocido bufete de abogados de la ciudad. 

Errores en la baremación

Los progenitores de los tres niños damnificados presentaron, en septiembre de 2019, un recurso ante la delegación territorial de Educación al entender que existía un error en la baremación de las solicitudes y que algunos solicitantes habían presentado datos inexactos sobre la renta de la unidad familiar, el número de miembros o el domicilio habitual de los menores. Los hechos ocurrieron durante el proceso de admisión de alumnado de primer curso de educación Primaria.

La Junta de Andalucía rechazó en su momento la reclamación presentada por estos padres argumentando que se hizo una "correcta aplicación de la normativa" y "una acertada valoración de la prueba aportada por las partes en el procedimiento administrativo". 

Puntos por domicilio y renta baja

Sin embargo, el juez de lo Contencioso-Administrativo estimó el recurso sobre cinco de los seis alumnos por los que se presentaron impugnaciones, resolviendo que dos de las familias defraudadoras obtuvieron 14 puntos por domicilio y otras tres lograron puntos por renta baja de su unidad familiar. 

En los dos casos que obtuvieron puntos el mecanismo fue similar: empadronar a la unidad familiar en el domicilio de otros familiares (abuelos, tío-abuelos, etc.) que sí residen en la zona de influencia del colegio Los Pinos, situado en la Colonia San Miguel. En los casos en los que los menores obtuvieron puntos por renta baja, se omitieron los ingresos de uno de los progenitores para lograr una mayor puntuación.

Para demostrar la falsedad de los datos aportados por los progenitores de los cinco menores, los padres demandantes solicitaron al juzgado de lo Contencioso-Administrativo acceder -a través del llamado Punto Neutro Judicial- al padrón, al catastro y otras bases de datos referentes a los padres demandados.

La Consejería de Educación y los padres de cuatro de los menores afectados por el fallo de lo Contencioso Administrativo recurrieron ante el TSJA, que rechaza ahora sus argumentos y que les obliga a pagar de forma solidaria las costas procesales, estimadas en 1.000 euros.

Detectives privados

Es frecuente que en Algeciras y otros municipios donde existe una alta demanda de plazas en algunos colegios se den este tipo de procedimientos judiciales. En ocasiones, según fuentes conocedoras de varios casos, han sido expulsados de un centro hasta quince alumnos de un mismo curso cuyos padres falsearon sus datos para poder matricularles. 

En ocasiones, incluso, los demandantes han recurrido a informes elaborados por detectives privados para demostrar que algunos niños no vivían donde declararon sus padres o que su nivel de ingresos era muy superior al reflejado en la inscripción.

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