El Supremo ratifica el rechazo a una reducción salarial
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso presentado por Schindler contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de 24 de octubre de 2013 que anuló la decisión de la empresa de reducir un 45% la retribución fija que recibían los 56 trabajadores de Algeciras, Cádiz y Jerez por el servicio de asistencia permanente, disponibilidad nocturna y guardias.
La sentencia de la Sala de lo Social afirma que los datos ofrecidos por la empresa "no justifican por sí solos que a los trabajadores de Cádiz se les reduzca la retribución fija de dicho servicio en un 45% y a los de Vizcaya, Burgos, León, Cantabria, Valladolid y Zaragoza únicamente un 15%".
La primera oferta de la empresa, un 50% con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2013, que implicaría que los trabajadores devolvieran parte de sus salarios ya percibidos, "más que ir dirigida a la consecución de un acuerdo, iría dirigida a imposibilitarlo", reseña el fallo. Estima que "sería prácticamente imposible que una medida de tal trascendencia fuera aceptada por la representación social".
Considera contraria a la buena fe en la negociación el ultimátum dado con la propuesta de aplicar un 30% si había acuerdo. La aplicación del 45% por el hecho de no llegarse a un acuerdo parece "más una sanción".
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