Diferentes calculos en una empresa
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Dentro de la actividad empresarial, la planificación fiscal y el cálculo de los impuestos es una tarea de gran importancia. Sin embargo, en muchos casos puede resultar compleja, especialmente para autónomos y pymes. Para simplificar este cálculo, es posible utilizar una herramienta online para calcular retención del IRPF y otros impuestos. A continuación, te contamos cuáles.
¿Qué cálculos debe realizar una empresa?
En el sistema tributario de España se distinguen entre dos tipos de impuestos: los directos y los indirectos. Por lo general, estos suelen cargarse en un programa para presupuestos que permite ingresar datos identificativos y fiscales, según sea el caso:
- Entre los impuestos directos se encuentran el impuesto sobre sociedades, aplicado a la mayoría de las empresas con personalidad jurídica; el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), que grava a autónomos y a las rentas derivadas de dividendos; y el impuesto sobre la Renta de los no residentes, aplicado a sujetos generadores de rentas sin residencia fiscal en España.
- Por otro lado, los impuestos indirectos afectan manifestaciones indirectas de la capacidad económica, destacando el IVA y los impuestos especiales, que gravan el consumo y ciertas actividades específicas, respectivamente.
Además, los impuestos se pueden clasificar en estatales, autonómicos y locales, con el Estado interviniendo en tributos relevantes y algunas competencias compartidas. Las autonomías pueden establecer impuestos propios, limitados a sectores específicos, mientras que las entidades locales definen tasas de gravamen en sus márgenes.
¿Cómo se realiza el cálculo de cada impuesto?
Si bien es posible realizar el cálculo manual de los distintos impuestos que una empresa debe abonar a la Agencia Tributaria que le corresponde, por lo general esto se realiza utilizando calculadoras online gratuitas. A continuación, desarrollamos cómo deben tramitarse en cada caso.
1. Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
El IRPF grava las rentas anuales y se aplica a trabajadores y autónomos. Para autónomos, la liquidación es trimestral, presentando los modelos 130 o 131 según la estimación.
La declaración anual se realiza mediante el modelo 100, con plazos de presentación entre abril y junio. La variabilidad en las fechas se ajusta al calendario fiscal vigente.
2. Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
El IVA, impuesto indirecto, se calcula ajustando la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado. En este sentido, las empresas actúan como agentes recaudadores para Hacienda, trasladando el IVA a sus facturas. La liquidación se efectúa mensual o trimestralmente a través del modelo 303. Empresarios o profesionales sujetos a IVA presentan el modelo durante los meses de abril, julio y octubre del 1 al 20, y en enero del 1 al 30.
3. Impuesto sobre sociedades
Este impuesto directo se aplica a empresas y sociedades por su beneficio neto. Se liquida mediante pagos fraccionados, presentando el modelo 202 cuatrimestralmente. La declaración anual se realiza con el modelo 200 (general) o el modelo 220 (cooperativas y grupos de empresas). La tasa general es del 25 %, pero con notables reducciones, el tipo efectivo se estima en un 20,5 % sobre la base imponible y un 9,4 % sobre los beneficios.
4. Impuesto de actividades económicas (IAE)
Este impuesto directo grava la obtención de beneficios por el ejercicio de una actividad empresarial o profesional. Para autónomos, el IAE es anual y de gestión compartida con el Estado. La cuota nacional y provincial la gestiona la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT). Autónomos individuales no pagan este impuesto, pero asociados en comunidades de bienes, por ejemplo, deben cumplir con el IAE.
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