La Aduana en los siglos XVIII y XIX

Historia del puerto de Algeciras (IX)

Historia. Los funcionarios de aduanas debían evitar, entre otras cosas, que sacasen dinero los barcos extranjeros del reino por las ventas realizadas, debiendo cargar mercancías de retorno

Antonio Torremocha

28 de marzo 2016 - 09:53

Con el incremento del tráfico comercial, sobre todo con Gibraltar y Marruecos, en el año 1742 se estableció una aduana en Algeciras con el fin de controlar y grabar con los impuestos reglamentarios el citado tráfico. Para no perjudicar a los habitantes de la ciudad y de las otras ciudades de su entorno, que se abastecían de productos importados a través del puerto algecireño, se eximió del pago de impuestos aduaneros todos los géneros que entraran por vía marítima para consumo de los vecinos.

Sin embargo, seis años más tarde, en 1748, por Real Orden, se suprimió dicha aduana con la sorprendente excusa ?según reza en dicha orden? de facilitar el comercio. No cabe duda de que con esta supresión se beneficiaba a los puertos de Cádiz y Tarifa que, tradicionalmente, habían monopolizado el comercio marítimo con los puertos norteafricanos, puesto que tenían establecidas aduanas con anterioridad a la de Algeciras. Probablemente, el auge del puerto algecireño y la pérdida de los fletes dirigidos al comercio marroquí promovieron las quejas de Cádiz y Tarifa ante el Rey, lo que ocasionó que éste anulara la concesión de la aduana algecireña.

No obstante, y a pesar de la prohibición, las embarcaciones procedentes de Marruecos continuaron acudiendo al puerto de Algeciras, lo que obligó a las autoridades de Hacienda a reconsiderar lo establecido en 1748. El 29 de junio de 1766 se remitió una orden al Director de Rentas Generales por la que se le comunicaba que habiendo sabido Su Majestad que el referido puerto (de Algeciras) es frecuentado de los de Berbería, y que de privar a éstos de su uso, se les siguen graves perjuicios, y puede temerse se retraigan de continuar en el comercio, se ha dignado S. M. habilitarle para el recíproco comercio de los géneros y frutos de permitida entrada y salida, entre estos Dominios y los del Emperador de Marruecos según, y en la propia forma que lo está el de Tarifa. También se recogen en la orden los nombramientos de un administrador y un interventor para la Aduana de Algeciras, con lo qué, a partir de 1766, volvía este puerto a contar con administración aduanera cuyo cometido era, no sólo el control del tráfico marítimo legal, sino la persecución del contrabando que numerosos faluchos y lanchas pescadoras realizaban con la vecina colonia de Gibraltar.

Al año siguiente, el reino de España y el sultanato de Marruecos firmaron un tratado de libre comercio que, entre otras cosas, establecía la libertad recíproca de navegación, pesca y comercio entre los puertos de ambas naciones. Se abrieron consulados en Larache, Tánger y Tetuán, multiplicándose los intercambios en las décadas siguientes. Marruecos exportaba a España ganado, cueros, cera y, sobre todo, trigo. Los puertos de destino más frecuentados, en la costa marroquí, por las embarcaciones de comercio de Algeciras eran Tánger, Larache y Río Martil-Tetuán a los que transportaban, sobre todo, productos coloniales y otras mercancías traídas hasta el puerto algecireño por buques extranjeros o tomadas por los corsarios españoles.

Los funcionarios de aduanas debían evitar, entre otras cosas, que los barcos extranjeros sacasen dinero del reino por las ventas realizadas, debiendo cargar mercancías de retorno por el valor de los géneros entrados en España. Sin embargo, en algunas ocasiones, y cuando especiales circunstancias así lo exigían, como ocurrió en agosto de 1782, esta prohibición no se tenía en cuenta. En el mes y año citados ?en pleno bloqueo de Gibraltar? el Duque de Crillon solicitó al Administrador de Aduanas de Algeciras, mediante escrito, para que éste lo transmitiese al Rey, que las embarcaciones extranjeras que desembarcaran mercancías por cuenta de la Real Hacienda pudieran sacar libremente para donde quieran el dinero que importan sus fletes, a lo que el Rey accedió, teniendo en cuenta las razones en que se fundamentaba la petición del Duque, que no eran otras que impedir el desabastecimiento de los ejércitos de bloqueo exigiendo la salida de mercancías y víveres en el viaje de retorno.

La caseta de la aduana

En 1842 Algeciras contaba con una Subdelegación de Rentas, dependiente de Cádiz, cargo que ostentaba el Comandante General del Campo de Gibraltar, contando con un juzgado compuesto de un asesor, un abogado fiscal y un escribano, estando habilitada para fallos de causas de contrabando. Según Madoz, a mediados del siglo había una Administración de Rentas y Aduana de cuarta clase dotada de un administrador, un contador, un oficial, un fiel de muelle y dos de los derechos de la línea. Refiere este autor que, en algunos momentos, el puerto de Algeciras había contado con una Aduana de segunda clase, pero que se suprimió, estando en su tiempo (1845-50) habilitado sólo para importar cueros al pelo y para el comercio de cabotaje. En opinión de Manuel Pérez-Petinto el puerto de Algeciras contó con una aduana de segunda clase desde el 8 de abril de 1855.

El 15 de octubre de 1894 se aprobaron, por Real Decreto, las "Novísimas Ordenanzas de Aduanas" por las que se establecían las diferentes categorías de las oficinas aduaneras ubicadas en los puertos y las mercancías que podían entrar y salir por los mismos. El de Algeciras quedaba encuadrado entre los puertos que disponían de Aduana de Primera Clase, estando habilitado, por tanto, para desarrollar todas las operaciones de importación, exportación, tránsito y cabotaje. En las Ordenanzas se establecía que Getares se habilitaba para el embarque de piedra de las canteras; el muelle del Ferrocarril (muelle de Madera) para el despacho de pasajeros, equipajes y mercancías; el río Guadarranque para el embarque de ladrillos y tejas nacionales, exportación de corcho, carbones, cortezas, leñas y maderas nacionales y el Tolmo para embarcar piedras labradas de las canteras cercanas.

Desconocemos donde se encontraban las oficinas de Rentas y Resguardo, pero debió ser en un edificio cercano al puerto. Es muy probable que desde la habilitación para el comercio del muelle-embarcadero situado en la orilla izquierda del río, hacia mediados del siglo XIX, se colocara una Caseta de Aduana en el extremo meridional de la Marina, a la entrada del denominado después muelle Viejo. A principios del siglo XX está documentada la citada caseta en el arranque del mencionado muelle. Se trataba de una pequeña instalación de madera con tejado a dos aguas que albergaba a los funcionarios encargados del control de la actividad comercial y del tráfico de pasajeros realizado por dicho puerto.

Antonio Torremocha. Licenciado en Historia. Académico de número de la Academia Andaluza. Director del Museo de Algeciras (1995-2007)

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