Maritimas

El Supremo anula la subida de cánones de los puertos deportivos

El Tribunal Supremo ha anulado el decreto de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía del 2004 por el que se autorizaba la subida de cánones de los puertos deportivos de gestión indirecta de la comunidad.

En la sentencia, facilitada a Efe por la asociación Marinas de Andalucía -que aglutina el 90% de los puertos privados andaluces-, el alto tribunal anula la resolución dictada el 25 de febrero del 2011 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, por resultar contraria a derecho.

El Supremo estima el recurso de casación interpuesto por Puerto de Sotogrande, SA contra el decreto 371/2004, de 1 de junio, de la Junta, que se anula. Marinas de Andalucía entiende que con esta sentencia se "extiende automáticamente la ilegalidad" a los cobros de canon que ha hecho la Agencia Pública de Puertos de Andalucía desde el año 2006.

La patronal de puertos deportivos recordó en un comunicado que durante los años 2006 y 2007, cuando Concepción Gutiérrez estaba al frente de la Consejería de Obras Públicas, las instalaciones náuticas asociadas experimentaron una "arbitraria y desorbitada subida de cánones".

Tras varios años de litigios por una gestión de la Agencia Pública de Puertos que han calificado de "abusiva", la asociación recibe con satisfacción la sentencia, al considerar que la medida ponía en peligro la viabilidad de los puertos andaluces. Según la asociación, la Agencia de Puertos de la Junta "no ha pretendido cumplir la ley y buscar el equilibrio entre coste y servicio" sino "obtener la mayor recaudación".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios