Nombramientos
Laurent Sengenes, nuevo CEO de Dacia en España
Tras los devastadores efectos que la DANA ha provocado desde el pasado martes 29 de octubre y las cifras de muertos, que continúan en aumento, multitud de valencianos han perdido sus casas, y como consecuencia, se ven con severas dificultades para desempeñar su puesto de trabajo.
La situación se complica si el trabajo, además, es obligatoriamente presencial.
En ese sentido, el Ministerio de Trabajo y Economía Social recuerda este lunes que los trabajadores afectados por la DANA no están obligados a ir a trabajar si su seguridad está en peligro.
De este modo, la cartera que dirige la vicepresidenta del gobierno, Yolanda Díaz, desaconseja los desplazamientos y ha señalado que el teletrabajo será la forma de trabajo preferente y, en caso de no ser posible, se exime de ir a trabajar, considerándose ausencias justificadas las de aquellas personas que se encuentren en las siguientes situaciones:
- Cuando el desplazamiento pueda suponer un peligro para la seguridad y salud de los trabajadores o interfiera en labores de rescate y recuperación de las zonas afectadas, siempre y cuando no sea posible el teletrabajo.
- Cuando los trabajadores necesiten atender a sus familiares desaparecidos o hacerte cargo del fallecimiento de los mismos.
- Cuando, como consecuencia de la pérdida de sus viviendas o enseres, no estén en disposición de acudir a su puesto de trabajo.
- Cuando, como consecuencia del cierre de colegios, residencias o servicios públicos en general, tengan que hacer frente a necesidades de cuidados de familiares."
No obstante, son numerosos los movimientos sociales en redes sociales que están denunciando una situación que no se corresponde con la norma establecida tras la peor catástrofe natural que haya sacudido a España en el último siglo, especialmente con una de las cuatro situaciones descritas en cuanto al cierre de colegios y escuelas infantiles.
El colectivo social que reclama políticas de concialiación, Malasmadres, denuncia numerosos casos de familias que se están viendo obligadas a desarrollar verdaderas
En caso de que la empresa imponga cualquier tipo de consecuencia negativa por no acudir al trabajo, será considerada nula; según el Ministerio de Trabajo.
Asimismo, el ministerio ha advertido que se "prohibirá" el despido de los trabajadores que no hayan acudido a trabajar por alguna de las situaciones indicadas.
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