Cuando todavía no se conoce la sentencia que ha condenado por 5 votos a 2 al fiscal general conviene analizar lo acontecido y tratar de extraer conclusiones, aunque sean con carácter preliminar. Se ha criticado la anticipación del fallo antes de la sentencia como gran escándalo (Editorial del El País). Sin embargo, la Sentencia del Tribunal Constitucional 100/2024, de 16 de julio de 2024, dictada en recurso de amparo promovido por Griñán, ha descartado que la anticipación del fallo lesione la presunción de inocencia y derecho a un proceso sin indefensión.
Se ha criticado que se ha condenado sin pruebas al fiscal general. A mí me parece especialmente divertido este argumento. Siempre he pensado que una persona inocente no dice que no hay pruebas. Todos los delincuentes afirman precisamente eso. Y también quienes defienden a los delincuentes. La verdad es que no conoceremos qué pruebas ha considerado el Tribunal Supremo hasta que se conozca la sentencia. De lo que sí conocemos caben inferir, a mi juicio, pruebas contundentes: el informe de la UCO, las gestiones realizadas para la obtención de los correos filtrados; el borrado de los mensajes (nadie borra lo que puede acreditar su inocencia); los cambios de teléfono apresurados (la UCO ha afirmado que el fiscal general García Ortiz cambió de móvil el 23 de octubre de 2024, días después de ser encausado por el Supremo) y la primera alegación de la existencia de un presunto protocolo de borrado periódico. La UCO es santo o diablo según convenga.
Se critica la politización de la justicia que supone el fallo. A mí esto me parece un poco paradójico, porque el caso Álvaro García Ortiz nace de la politización de la Fiscalía General. Eso es lo que tiene echar veneno. Como bien ha señalado el presidente de Castilla-La Mancha Emiliano García-Page, es de aurora boreal que un fiscal se dedique a combatir relatos en vez de combatir delitos.
Pero el final de la tragicomedia supera lo imaginable. La sentencia no es el triunfo del Estado de Derecho ni del imperio de la ley. En una psicótica visión, propia del consumidor de hongos alucinógenos la sentencia del 20 noviembre –fecha que no puede paranoicamente ignorarse– es un golpe Estado de los restos del ejército de togas franquistas. Es más, imputan delitos a los jueces que han osado condenar al fiscal general por defender la verdad. Y se desea un ajuste de cuentas a los autores de dicha condena. Martín Pallín directamente ha afirmado tildando de ignorantes supinos a los magistrados que “El fallo es lo mas parecido a un golpe de Estado tipo Lula en Latinoamérica. Los magistrados son activistas políticos, no conservadores”. Esto de llamar ignorantes supinos a magistrados del Tribunal compañeros suyos lo descalifica. Por cierto, no aplicar la pena prevista en un precepto (es lo que critica Martín Pallín tildándolo de ignorancia supina) es la consecuencia normal de la presencia de atenuantes por aplicación de las reglas generales del Código Penal.
El problema que tiene dicha versión es que no explica por qué el Colegio de Abogados ha liderado la lucha contra el atropello que supone revelar comunicaciones entre un presunto delincuente y la Fiscalía. El Colegio de Abogados está dentro de la conspiración fascista. Quienes crean eso, sin duda, serán fácilmente admitidos en asociaciones terraplanistas. Tampoco explica que miembros de la Fiscalía se hayan opuesto a este desatino llegando a declarar en contra del fiscal general en el juicio.
Resta por ver quién sucede al fiscal general inhabilitado. Dado el tino del presidente Sánchez como reclutador (Ábalos, Santos Cerdán) es para tentarse la ropa. Puede apostar el lector que son firmes candidatos para el puesto el caballo Incitatus (Impetuoso) ya considerado en su día por Calígula y Conde-Pumpido dada su notoria imparcialidad e independencia. La sentencia no solo inhabilita a Álvaro García Ortiz que decidió actuar más como hooligan que como fiscal: La sentencia inhabilita por elemental responsabilidad política al que designó a Incitatus.