Tribuna de opinión

Manuel Gutiérrez Luna

Magistrado. Ex Presidente Sala Apelación Penal del TSJA

El fenómeno del 'true crime'

Estas series tan de moda que están enriqueciendo a las productoras deben pactarse no solo con el autor de los hechos, también con los familiares de las víctimas

Ana Julia Quezada, condenada por la muerte de Gabriel Cruz, durante el juicio en 2019.

Ana Julia Quezada, condenada por la muerte de Gabriel Cruz, durante el juicio en 2019.

En los últimos años, plataformas digitales como Netflix, Amazon Prime Video y otras están obteniendo un éxito comercial con la escenificación de crímenes reales (true crime) que despiertan gran interés entre la audiencia, interesada en descubrir los aspectos más oscuros de estas historias.

La última producción de Telecinco, El Marqués, trata el asesinato de cinco personas en el cortijo Los Galindos de la localidad sevillana de Paradas. Un crimen del que no llegó a descubrirse su autor. Y las series El caso Asunta, El caso Alcàsser, El rey del cachopo, ¿Dónde está Marta? o El niño Gabriel se están emitiendo o se van emitir abordando asesinatos recientes. Ha sido precisamente la negativa de Patricia Ramírez, la madre del pequeño Gabriel Cruz, quien ha puesto en dedo en la llaga en torno a una serie sobre la muerte de su hijo -a manos Ana Julia Quezada, quien fuera pareja de su ex marido- oponiéndose a que se comercialice con el asesinato de su pequeño.

Mientras que en los filmes sobre el Holocausto el protagonismo lo asumen las víctimas, en estas series de true crime recae sobre los criminales. Quizás porque causan una especial fascinación entre los espectadores desembocando en un mayor éxito. Y ello ha de añadirse el sufrimiento que supone para los familiares revivir los hechos y ver como protagonistas a quienes acabaron con la vida de un familiar. 

En mi opinión, y desde la óptica jurídica, producir una serie sobre hechos que han ocurrido, y por tanto verídicos, es posible y está amparado como derecho a la libre creación artística (recogido en nuestra Constitución) al tratarse de un hecho de relevancia pública.

Ahora bien, el problema se plantea cuando en el tratamiento que se da a una emisión de este calibre se extralimita la narración dando mayor importancia a una de las partes, el autor del crimen, sobre la víctima.

En este supuesto, al que posiblemente se acogerá Patricia Ramírez, podría existir una vulneración del derecho fundamental al honor, intimidad y a la propia imagen, regulado en la Ley 1/82.

Existiría una confrontación entre los dos derechos fundamentales, la libre creación artística y el derecho al honor, intimidad y propia imagen, ambos recogidos en la Carta Magna. Y en ese conflicto es donde se ha de analizar cuál de los dos derechos es predominante sobre el otro, con ponderación, atendiendo a las circunstancias concretas del caso, y que incumbe a la autoridad judicial. Y si se trata en el guión de ridiculizar a la víctima, o bien se menosprecia su persona o se expone indebidamente su imagen real, queda claro que ha de primar el segundo sobre la libre creación artística.

Igualmente si se está cometiendo un exceso en relación con un fallecido que además era menor de edad estimo que existe un derecho a proteger esa intimidad por parte de la madre.

Nuestro país goza de una jurisprudencia consolidada. Desde el momento en que puede existir una intromisión en la imagen o el recuerdo de una víctima, es posible plantearse el intentar impedir la serie mediante una demanda judicial que solicite medidas cautelares. Y se podrá acordar cuando se observe que, de emitirse la serie, puede provocar un daño a la familia de quien fue víctima de un execrable hecho de esa naturaleza.

De otro lado, debemos recordar que cuando la Justicia estima que se ha provocado un daño al honor o la imagen de una persona, conllevará una indemnización que irá en función de la mayor o menor difusión, así como de la trayectoria vital de las personas o si ejercen cargos públicos, si es menor de edad, discapacitado o persona vulnerable.

A modo de reflexión. Estas series tan de moda que están enriqueciendo a las productoras deben pactarse no solo con el autor de los hechos, también con los familiares de las víctimas. Y de oponerse estas últimas entrará en juego la ponderación que ha de llevarse a cabo, y en todo caso, el enfoque que haya de dársele a la plasmación de la realidad sin entrar en juego aspectos personales del asesino y la víctima.

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