Ataque yihadista

Las víctimas de Kanjaa piden al juez hacer su propio examen psiquiátrico al yihadista del ataque en Algeciras

Yassine Kanjaa.

Yassine Kanjaa.

Las víctimas del ataque yihadista de enero en Algeciras que se saldó con la muerte del sacristán de la parroquia de La Palma, Diego Valencia, y varios heridos, entre ellos el sacerdote Antonio Rodríguez, han solicitado al juez de la Audiencia Nacional que instruye el caso realizar su propia pericial psiquiátrica a Yassine Kanjaa, autor confeso de los hechos que permanece en el centro psiquiátrico penitenciario de Sevilla.

El magistrado Joaquín Gadea ya ha trasladado la petición a la Fiscalía y al resto de partes para que se pronuncien antes de tomar una decisión al respecto, según fuentes jurídicas.

De aceptar la pericial, Kanjaa se enfrentaría al tercer examen psiquiátrico después del provisional que le realizaron los forenses de la Audiencia Nacional y del practicado por dos psiquiatras a petición de su defensa, y que se llevó a cabo el pasado 27 de abril.

El juez ha acordado emitir una comisión rogatoria a Marruecos para que le faciliten un informe en el que se recojan los antecedentes psiquiátricos de Kanjaa. Las fuentes consultadas señalan que este movimiento podría conllevar que la causa se dilate en el tiempo ya que este tipo de diligencia internacional no suele resolverse en un breve periodo de tiempo, y apuntan que la instrucción está prácticamente agotada.

Dos exámenes, mismas conclusiones

El primero de los exámenes, el preliminar realizado por forenses de la Audiencia Nacional, arrojó que Kanjaa presentaba un cuadro compatible con un trastorno delirante. En el mismo, se adelantaba que era necesario ahondar en el examen una vez estuviera interno el preso en un centro psiquiátrico.

Esta conclusión iría en línea con lo percibido por los dos psiquiatras que estarían a cargo de la pericial encargada por la defensa y que examinaron al joven de 25 años durante una mañana entera en Sevilla.

Yassine Kanjaa, escoltado por la Policía Nacional a su llegada a Madrid. Yassine  Kanjaa, escoltado por la Policía Nacional a su llegada a Madrid.

Yassine Kanjaa, escoltado por la Policía Nacional a su llegada a Madrid.

Cabe recordar que desde el inicio de la investigación, la defensa -ahora a cargo del despacho García Peña & Andújar- ha alegado que el asunto debía abordarse desde el punto de vista de los problemas psiquiátricos de Kanjaa.

Bajo el criterio de esta parte, un trastorno delirante no solo podría considerarse una circunstancia eximente que le liberaría de responsabilidad penal al ser inimputable, sino que indicaría que no cometió el ataque con la intención de llevar a cabo un acto terrorista, por lo que no encajaría en ese tipo delictivo. Sostienen que los hechos para encajar en ese delito, el 573 del Código Penal, deberían tener la finalidad de alterar gravemente la paz pública.

Un punto de vista con el que discrepa el fiscal jefe de AlgecirasJuan Cisneros, quien ya expuso que posible perturbación mental del detenido por el ataque a dos iglesias en Algeciras no elimina la calificación de acto terrorista, ya que "una cosa es el principio de culpabilidad y otra el hecho en sí cometido".

La cuestión de la competencia

Conforme a este razonamiento, los abogados de Kanjaa señalan en sus escritos que, si no se trata de presuntos delitos de terrorismo, la Audiencia Nacional no es el tribunal competente para instruir el caso, apuntando como tal a los juzgados de Algeciras.

La defensa ya ha presentado esta tesis varias veces al juez, si bien el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6 la ha desechado al apreciar que el ataque de Kanjaa tuvo fines terroristas. Así mismo, si 

Tras la última negativa del instructor a derivar la causa a Algeciras, la defensa presentó un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal para que sea esta instancia quien resuelva.

En caso de que la Sala le diera la razón, el magistrado debería inhibirse en favor de los juzgados de Algeciras, donde en caso de llegar a juicio, éste se celebraría ante un tribunal del jurado, que tiene competencia para el enjuiciamiento de los delitos contra las personas y contra la libertad y la seguridad, entre otros. 

De lo contrario, si el caso se juzga como atentado terrorista, las víctimas tendrían derecho a una indemnización en caso de sentencia condenatoria. 

En prisión provisional

El juez Joaquín Gadea decretó el pasado 30 de enero, tras escuchar al presunto yihadista en sede judicial, prisión provisional sin fianza, y le atribuyó los delitos de asesinato y lesiones con fines terroristas que, advirtió, podrían conllevar la prisión permanente revisable.

En su resolución, el juez indicaba que la actividad desarrollada por Kanjaa se podía calificar como un ataque yihadista dirigido tanto contra sacerdotes que profesan la fe de la Iglesia Católica como contra musulmanes que para el investigado no siguen los preceptos del Corán.

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