Educación

Una veintena de sentencias obligan a la Junta a devolver a los profesores de la concertada la extra de 2012

  • El reintegro afecta también a la antigüedad y a los complementos por cargo de dirección

El edificio de la Audiencia Provincial de Algeciras, donde se encuentra el Juzgado de lo Social.

El edificio de la Audiencia Provincial de Algeciras, donde se encuentra el Juzgado de lo Social. / fotografías: europa sur

El Juzgado de lo Social nº 2 de Algeciras ha dictado más de veinte sentencias en las que estima las demandas interpuestas por los servicios jurídicos de UGT y condena a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía a abonar los complementos de antigüedad y de cargo directivo que había detraído al profesorado de la enseñanza concertada de Algeciras cuando se suprimió la paga extraordinaria en 2012 por la crisis. Los beneficiados provisionalmente por la decisión judicial son una veintena de docentes de los centros Nuestra Señora de los Milagros, Huerta de la Cruz, María Auxiliadora e Inmaculada Concepción, pero la medida podría extenderse a otros reclamantes.

Entre 2017 y 2018, la Junta reintegró la paga extra suprimida durante la crisis a estos profesores, cumpliendo así una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictada en conflicto colectivo promovido por CCCOO, pero la Administración autonómica consideraba que la antigüedad y los complementos de cargos directivos no debían ser reintegrados al no formar parte del acuerdo de equiparación salarial con el profesorado de la pública. El juzgado algecireño ha resuelto, por el contrario, que estos conceptos también han de ser objeto de abono a los docentes, con sus intereses por mora, aunque estas sentencias pueden ser recurridas por la Junta en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En 2012 se suprimió la paga extraordinaria de diciembre a los funcionarios, lo cual incluyó a los docentes de la enseñanza pública y, a fin de adoptar una medida equivalente para el profesorado de la concertada, se rebajaron un 4,5 % los módulos que, para salarios del personal, destinan las administraciones a estos centros y cada gobierno autonómico dispuso la forma en que esa reducción retributiva había de llevarse a efecto.

Cuando las administraciones devolvieron el importe de la paga extra suprimida a los empleados públicos, CCOO de Andalucía impulsó un conflicto colectivo ante el Tribunal Superior de Justicia, que finalizó con sentencia que obligaba a análogo reintegro respecto a los docentes de la concertada. Solicitada la ejecución de sentencia por otro sindicato, USO, la Consejería acreditó haber devuelto el importe equivalente a la supresión de la paga extra, pero el tribunal dejó la puerta abierta a reclamaciones individuales por posibles diferencias.

El titular del Juzgado de lo Social número 2 de Algeciras, Carlos Javier Galán, da la razón a los demandantes de los centros concertados de Algeciras que han reclamado judicialmente que la Consejería aún les debía algunos importes. El magistrado recuerda en su sentencia que los docentes de la enseñanza pública han recuperado lo que se les detrajo por la medida de supresión de la paga extraordinaria de 2012 y que, en cumplimiento de la sentencia del TSJ de 13 de octubre de 2016, también “los docentes de la concertada deben recuperar todo lo que se les detrajo como medida análoga, con idéntica ocasión e idéntica motivación, aun cuando en su caso se tradujese en una reducción de conceptos diferentes”, que alcanzó incluso a los trienios de antigüedad y a los complementos por desempeño de cargos directivos.

Anteriormente se habían dictado ya otras dos sentencias favorables a demandantes en casos similares por su antecesora en el juzgado, la jueza Josefina Caballero, a demandas planteadas por USO. Sin embargo, en Málaga la pretensión resultó desestimada. Si la Junta recurre, como es previsible, será el Tribunal Superior de Justicia quien confirme uno u otro criterio.

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