España prorroga hasta final de 2026 el acceso a las prestaciones por desempleo tras el Brexit ante la falta de un acuerdo sobre Gibraltar
Las medidas dan acceso a los españoles que trabajan en el Peñón a las prestaciones si no están amparados por el Acuerdo de Retirada
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Gibraltar/El Gobierno ha aprobado este martes, en reunión ordinaria del Consejo de Ministros, una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 referida a medidas de acceso a las prestaciones por desempleo dirigidas a ciudadanos españoles y británicos tras el Brexit, a falta de un acuerdo que regule la futura relación de Gibraltar con la Unión Europea tras la salida de Reino Unido.
El Ejecutivo ha prorrogado las disposiciones del artículo 10 del real decreto del 29 de diciembre de 2020 en el que se adoptaron medidas de adaptación a la situación devenida tras el Brexit, en concreto la relativa a las prestaciones de desempleo para los españoles y europeos que trabajan a diario en el Peñón.
El Consejo de Ministros aprobó en 2022 una extensión de estas medidas transistorias hasta el 31 de diciembre de 2024. Ahora, a poco más de dos semanas para finalizar el año, el Gobierno apoyó una nueva prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 ante la falta de un acuerdo que regule la relación con Gibraltar, cuyas negociaciones siguen encalladas tras el último intento para alcanzar el pacto en septiembre, en una reunión de alto nivel que se celebró en Bruselas entre la Comisión Europea, España, Reino Unido y Gibraltar.
Las medidas contempladas en el citado real decreto dejarán de aplicarse si, "con anterioridad a la fecha de finalización de su vigencia, entrase en vigor un acuerdo de la UE con el Reino Unido o un acuerdo bilateral entre España y el Reino Unido respecto de Gibraltar que regule el acceso a las prestaciones por desempleo y el correspondiente mecanismo de reembolso recíproco dentro de su ámbito de aplicación material".
La falta de acuerdo y la pérdida de vigencia de la medida el 31 de diciembre de 2024 "puede suponer un perjuicio para los ciudadanos españoles y de otros Estados miembros residentes en España", se considera "necesario ampliar el plazo de vigencia de esta medida concreta hasta el 31 de diciembre de 2026".
Reino Unido dejó de ser Estado miembro de la UE el 31 de enero de 2020, pero el Acuerdo de Retirada incluyó un periodo transición que expiró el 31 de diciembre de 2020. En previsión de este hecho, el Gobierno aprobó el citado real decreto con medidas de adaptación, las cuales se preveía que dejaran de estar en vigor una vez expirado el plazo previsto salvo que el Consejo de Ministros prorrogara el plazo.
El artículo 10.3 prevé que los ciudadanos de la UE que se desplazan diariamente a Gibraltar para realizar una actividad laboral y que mantienen la residencia en España y no se encuentran dentro del ámbito de aplicación del Acuerdo de Retirada puedan acceder a prestaciones por desempleo, por los períodos de seguro acreditados en el Peñón antes y después de la finalización del período transitorio, sin que sea necesario que hayan cotizado en último lugar en España.
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