La Línea

La Fiscalía ve indicios de delito en la construcción del Palacio de Congresos

  • Habla de prevaricación urbanística y un delito contra la ordenación del territorio por ser excedida la superficie permitida · Solicita que declaren en calidad de imputados varios técnicos municipales

La Fiscalía de Medio Ambiente cree que en la construcción del Palacio de Congresos y Exposiciones y el Hotel Iberostar se puede haber incurrido en un delito de prevaricación urbanística y en otro contra la ordenación del territorio al haber sido excedida la superficie permitida y ocupado espacio libre público. En concreto, concluye que este conjunto ocupa 215,46 metros cuadrados de suelo calificado como espacio libre público y que hay un exceso total de edificabilidad de 2.933,29 metros cuadrados.

Además, señala que los supuestos responsables son el actual gerente municipal de Urbanismo, Francisco Pérez Partal, y otros técnicos municipales, así como los arquitectos y técnicos que dirigieron la obra, la promotora y la empresa constructora, por lo que solicita que declaren en calidad de imputados. Así consta en el escrito que la Fiscal ha remitido al juzgado número 2 de La Línea tras la denuncia interpuesta en su día por el PSOE. Dicho escrito está fechado a finales de junio. Este diario ha sabido que la juez citó a estas personas a declarar a principios del presente mes pero que éstos presentaron un recurso que está pendiente de resolución.

En cuanto al escrito de la Fiscalía de Medio Ambiente, se recuerda que en marzo de 2003, el gerente municipal de Urbanismo, Francisco Pérez Partal, resolvió conceder una licencia de obras a la empresa Ámbito Sur Hoteles para construir un palacio de congresos, un hotel, oficinas, locales y garajes en la avenida Príncipe de Asturias de acuerdo con un proyecto básico que había sido presentado por el solicitante de la licencia. Según la Fiscal, dicha solicitud vino informada favorablemente en el expediente de concesión por el arquitecto Juan López de Lerma y por la técnico Esmeralda Cano. En este sentido, agrega que dicha licencia era conforme a la legalidad urbanística aplicable al Estudio de Detalle EDCV-P-5 de San Felipe para la zona uno, concretamente la parcela número 5 en la que se iban a edificar estos inmuebles.

Sin embargo, dos años más tarde, el 24 de mayo de 2005, el representante legal de la empresa Sur Hoteles presentó en el Ayuntamiento una solicitud de modificación de la licencia inicialmente otorgada en base a un reformado de proyecto básico. Pérez Partal resolvió conceder en junio la modificación de la licencia de obras otorgada inicialmente previo informe favorable del arquitecto Juan López de Lerma y de la técnico Esmeralda Cano.

La Fiscalía de Medio Ambiente explica que de la documentación presentada se deducía que existía una discordancia entre la superficie edificable reflejada en el resumen de la memoria y la superficie medida en los planos del proyecto, "lo que determinaba que dicho proyecto reformado incumplía la superficie máxima edificable establecida en el Estudio de Detalle y, muy especialmente, que en el proyecto presentado y ejecutado no se respetaban las alineaciones establecidas en el estudio de detalle".

Al respecto, la Fiscal advierte de que los propios técnicos reconocían un exceso de edificabilidad: "En el informe pericial emitido por los arquitectos Marina Arrimadas y Rosa Pérez Villalta se reconoce el exceso de edificabilidad consumida por el conjunto edificatorio", en el que reconocen que no fue respetado un retranqueo de la fachada para crear un espacio más amplio del acerado.

Por ello, la Fiscal concluye que se puede haber incurrido en un delito de prevaricación urbanística al haber informado de manera favorable y haber otorgado una modificación de una licencia de obras en base a un reformado del proyecto básico "en el que ya hay indiciariamente discordancia entre los números de la memoria y los de los planos, siendo lo cierto que el resultado final es que lo construido en total y amparado en la licencia ha ocupado una superficie de suelo urbano pero destinado a espacio libre público".

También concluye que se ha podido incurrir en un delito contra la ordenación del territorio que atribuye supuestamente a aquellas personas que, siendo promotoras, constructoras o técnicas directoras "sabían de la ilegalidad de lo construido, ya que aún cuando estaba amparado en una licencia administrativa sabían que estaban ocupando espacio libre público y del exceso de edificabilidad. También habrían cometido este delito los que informaron a favor de la concesión de dicha licencia y la resolvieron".

Por todo ello la Fiscal pide que se practiquen diligencias complementarias y se tome declaración en calidad de imputados al arquitecto municipal Juan López de Lerma; a la técnico Esmeralda Cano; a Francisco Pérez Partal; a los arquitectos proyectistas y que dirigieron la obra Antonio Cano, Daniel Fernando Conesa y Rafael López; a los aparejadores José Araujo y Javier Muriel; al representante legal de la empresa promotora de las obras y al representante legal de la empresa constructora Brúes y Fernández.

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