Andalucía

Europa falla contra la CE en un recurso relacionado con una ayuda agrícola a Andalucía en 2009

  • En 2015, la CE decidió excluir de la financiación de la Unión Europea ciertas ayudas recibidas por España al considerar que el análisis de riesgo realizado en Andalucía en 2008 y 2009 no había sido "efectivo".

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) falló hoy en contra de la Comisión Europea (CE) en un recurso interpuesto por España sobre determinadas ayudas agrícolas otorgadas a Andalucía en el año 2009.

No obstante, la misma sentencia de la corte comunitaria, con sede en Luxemburgo, desestimó el recurso en lo relativo a las ayudas entregadas a esa comunidad autónoma en 2008, así como en el caso de los fondos concedidos a Castilla y León tanto en 2009 como en 2010.

En 2015, la CE decidió excluir de la financiación de la Unión Europea ciertas ayudas recibidas por España con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), tras lo que ese Estado miembro planteó el recurso.

El Ejecutivo comunitario suprimió de la financiación del FEAGA 3,6 millones de euros en 2008 y 1,9 millones en 2009, correspondientes a las ayudas a la renta de los agricultores andaluces por cada explotación agrícola, disociadas de la producción.

Bruselas afirmó entonces que el análisis de riesgo de las autoridades españolas realizado en Andalucía en 2008 y 2009 no había sido "efectivo".

En su sentencia, el TGUE consideró que la Comisión acreditó la existencia de "dudas fundadas y razonables" sobre el sistema de control del año 2008, pero no sobre el del año siguiente.

Además, añadió que España no ha podido demostrar la "inexactitud" de lo afirmado por el Ejecutivo comunitario respecto a 2008.

En Castilla y León, Bruselas excluyó de la financiación con cargo al Feader importes correspondientes a las ayudas agroambientales y a las ayudas para indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña y otras áreas.

Para la CE, la falta de un recuento del ganado presente en la explotación durante los controles sobre el terreno fue "una deficiencia del alcance" de esas inspecciones y, por tanto, aplicó una corrección a tanto alzado del 5 % a las ayudas al desarrollo rural de Castilla y León en los años 2009 y 2010.

Según el Tribunal General, la CE "estimó acertadamente" que, en los controles sobre el terreno, las autoridades españolas estaban obligadas a efectuar el recuento de animales para comprobar la carga ganadera existente en las explotaciones que recibieron ayudas. EFE

jug/jaf/mr

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