Coronavirus

Las empresas deben facilitar mascarillas en las oficinas

El uso de mascarillas en lugares abiertos al público es obligatorio desde el 21 de mayo

El uso de mascarillas en lugares abiertos al público es obligatorio desde el 21 de mayo

La obligatoriedad de llevar mascarilla, preferentemente higiénicas o quirúrgicas, en espacios cerrados y abiertos públicos siempre que no pueda garantizarse la distancia de seguridad de dos metros impone la adquisición de un hábito que hasta ahora poco o nada se había llevado a cabo en España.

La Orden del Ministerio de Sanidad, publicada ya en el BOE, solo exime del uso de mascarillas a los menores de seis años o a aquellos con problemas de salud que dificulten su uso. No se especifica, sin embargo, que en los espacios privados, como puede ser una oficina que no abra al público, sea obligatorio, pero Sanidad sí que estableció en las órdenes que regulan las fases de la desescalada las obligaciones de las empresas para proteger a sus empleados.

Entre ellas, deben procurar que “todos los trabajadores tengan a su disposición en el lugar de trabajo geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón”, y además tienen que velar por que se cumpla la distancia de seguridad, y en caso contrario "se asegurará que dispongan de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo”, esto es, mamparas y pantallas protectoras o mascarillas.

Aunque para el uso en la calle la responsabilidad de disponer de este elemento de protección es individual, ya desde que se estableció la obligatoriedad de su uso en el transporte público, el 4 de mayo, se abrió un debate sobre si las empresas son las que deben suministrar las mascarillas a sus trabajadores en sus desplazamientos al centro de trabajo (y, por extensión, para su uso en la toda la jornada laboral), una cuestión que se zanjó desde Moncloa cuando la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, aseguro que el reparto de mascarillas que hizo el Gobierno en abril fue una acción excepcional y que "quien tiene que proveer a los trabajadores es la empresa”.

Sanidad también ha establecido los procedimientos de actuación de los servicios de prevención de riesgos laborales, que les obligan a “reforzar las medidas de higiene personal en todos los ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición”.

Para ello “se facilitarán los medios necesarios para que las personas trabajadoras puedan asearse adecuadamente siguiendo estas recomendaciones”. En particular, destaca la higiene de manos, la “etiqueta respiratoria” (cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, y desecharlo a un cubo de basura con tapa y pedal y si no se dispone de pañuelos emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos), la práctica de “buenos hábitos de higiene respiratoria” y, por supuesto, “mantener distanciamiento social de 2 metros”.

La obligatoriedad del uso de mascarillas permanecerá al menos mientras dure el estado de alarma y esta vez no habrá un reparto masivo a cargo del Gobierno, aunque las comunidades autónomas podrán distribuirlas de forma general o a algunos colectivos determinados si lo consideran necesario.

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