Consumo

¿Dónde y cómo poner una reclamación a un hotel?

  • Ante la proximidad del Puente del Día de Andalucía, la Dirección General de Consumo lanza un decálogo de recomendaciones relacionadas con las quejas a los alojamientos

¿Dónde y cómo poner una reclamación a un hotel?

¿Dónde y cómo poner una reclamación a un hotel?

El hotel ni estaba tan cerca del centro como indicaba la página web ni cumplía los requisitos de higiene que exige su categoría. ¿Has vivido alguna vez la experiencia de irse al traste una escapada porque el alojamiento no cumplía con las expectativas ni con las características anunciadas?

Aunque no hayamos podido evitar la frustración que genera sentirnos engañados, aún podemos hacer algo para resarcirnos de los perjucios ocasionados: reclamar. Sin embargo, para cursar una queja ante un establecimiento hotelero requiere, primero, conservar los resguardos de la estancia y, en segundo lugar, dirigirnos al organismo adecuado.

Ante la proximidad del Puente del Día de Andalucía y el incremento previsto de las escapadas durante estos días, la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias ha lanzado una guía con indicaciones y consejos para quienes vayan a realizar estos días un viaje que conlleve alojarse en un establecimiento hotelero. 

La primera de estas recomendaciones es conservar siempre los documentos que acreditan la estancia, así como las conversaciones relativas a la gestión de la misma a través de email u otro canal. 

Diez claves para poner una reclamación a un hotel

  1. Si la reserva se ha realizado por Internet, es conveniente imprimir la confirmación de la misma, que tiene el mismo valor que el contrato que se firma en una reserva presencial, y llevarla consigo al llegar al hotel.
  2. Asimismo, también es importante conservar todas las posibles comunicaciones que se hayan mantenido a la hora de realizar la reserva, como correos electrónicos o acuses de recibo, así como la documentación que pudiera existir sobre promociones, descuentos u otros similares, ya que la publicidad tiene valor contractual. En caso de que se produzca alguna incidencia con el hotel o la plataforma de reservas, o si, por ejemplo, lo contratado no se corresponde con la realidad, se podrá presentar una hoja oficial de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía.
  3. En este sentido, se debe tener en cuenta que si la reserva se ha realizado a través de una agencia de viajes en el marco de un viaje combinado, la reclamación se debe interponer ante la misma agencia. 
  4. Si la reserva se ha contratado directamente con el hotel se debe interponer la reclamación ante el propio establecimiento, y si se ha contratado a través de una plataforma web se deberá reclamar ante la plataforma cuando el problema tenga relación con el funcionamiento de la misma, y ante el hotel directamente cuando la incidencia tenga relación con el servicio prestado o sus instalaciones.
  5. En todo caso, la empresa reclamada deberá responder por escrito en el plazo máximo de 10 días hábiles, proponiendo una solución al conflicto en caso de que la haya o justificando que no la ofrezca.
  6. Si la empresa no responde en el plazo indicado o la respuesta no fuera satisfactoria para la persona reclamante se podrá trasladar la reclamación a la Administración. Para ello, se deberá acudir a la OMIC o servicio municipal de consumo del lugar de residencia de la persona reclamante, o en su caso, al servicio provincial de consumo correspondiente.  
  7. Si el problema está relacionado con algún aspecto eminentemente turístico, como la clasificación o categoría hotelera, cuestiones de higiene, limpieza, falta de distintivos o señalización, admisión de reservas en exceso, clandestinidad del servicio, etc., la reclamación o la denuncia deberá ir dirigida a la autoridad turística de la Comunidad Autónoma en la que esté radicado el establecimiento hotelero. 
  8. Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, los afectados pueden contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información general a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía.
  9. Los canales habilitados para ello son: 
  • Por teléfono, llamando al 900 21 50 80
  • Por la página web www.consumoresponde.es
  • Dejando un mensaje en la dirección de correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es
  • En redes sociales, a través de los perfiles de Twitter (@consumoresponde) y Facebook (https://www.facebook.com/consumoresponde/).

10. También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMICs), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias. 

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