Atentado prostíbulo

Absueltos los siete acusados de atentar contra un prostíbulo de La Jonquera

  • Los hechos tuvieron lugar en diciembre de 2012 y hasta casi diez años más tarde no se han juzgado las acciones que se llevaron a cabo

Imagen de archivo de la fachada del Club Paradise en la Jonquera

Imagen de archivo de la fachada del Club Paradise en la Jonquera / EFE

La Audiencia de Girona ha absuelto a los siete acusados de la oleada de atentados con artefactos explosivos perpetrados en diciembre de 2012 contra el macroprostíbulo Club Paradise de la Jonquera (Girona) porque en el juicio celebrado a principios de mes “no quedó acreditada su participación en los hechos”.

La Fiscalía consideró a Andrés J.P., Carmelo G., Carlos V.M., Felipe E.R., Alberto S.M., Miguel Ángel F.C. y Ramón O.C. autores de un delito de organización criminal y les atribuyó también, a cada uno de ellos, uno o varios delitos de hurto continuado, falsedad documental, tenencia de explosivos, daños continuados, amenazas y robo con fuerza.

La fiscalía pidió penas de hasta 26 años y medio de cárcel para los acusados, mientras las defensas solicitaron la absolución de los encausados alegando una carencia de pruebas.

Casi 10 años después de la oleada de ataques contra el Paradise los días 12, 23, 24 y 31 de diciembre de 2012, el 2 de mayo pasado empezó el juicio contra sus presuntos autores, a excepción de Xavier J.P., a quien los Mossos consideraban el líder del grupo y falleció asesinado en diciembre 2017 en Viladecans (Barcelona) al estallar una bomba colocada en su coche.

Según la sentencia de la sección tercera, no ha quedado acreditado que “formasen una organización con roles perfectamente definidos que utilizase en común teléfonos, vehículos a motor y material explosivo para lograr algún objetivo criminal, interviniendo en los actos o aportando medios para ello”.

El primer ataque al macroprostíbulo ocurrió a las 06:00 del 12 de diciembre de 2012, cuando dos personas que circulaban en una moto lanzaron dos artefactos explosivos contra el local, uno en la zona del almacén, que explosionó, y el otro no.

El segundo ataque se produjo a las 19:50 del 23 de diciembre cuando dos personas con subfusiles fueron al club y dejaron un coche bomba y huyeron en otro vehículo, al que después prendieron fuego. Este artefacto tampoco estalló porque el funcionamiento del detonador falló.

El 24 de diciembre mandaron un e-mail a diferentes policías y medios de comunicación que reivindicaba los ataques de los días 12 y 23, y advertía que si el dueño del Paradise no pagaba las deudas seguirían haciendo explotar artefactos en su negocio.

Finalmente. el día 31, alguien llamó a los Mossos con un mecanismo distorsionador y dijo que una bomba explosionaría a medianoche.

La sentencia señala que “no se trataba de acreditar la, sin duda, sospechosa conducta de los siete procesados, sino de probar más allá de toda duda razonable que fueron quienes organizaron y ejecutaron los hechos criminales declarados probados, que formaban una organización que se dedicaba a cometer este tipo de delitos, relacionados con la extorsión”.

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