EL torero retirado José Ortega Cano, más famoso por ser el viudo de Rocío Jurado que por su antigua profesión de matador, declaró ayer ante el juez que instruye las diligencias por el accidente mortal que causó el pasado mes de mayo en una carretera sevillana, en el que perdió la vida Carlos Parra, conductor del coche al que embistió el del diestro. El instructor le imputa un presunto delito de homicidio imprudente y dos contra la seguridad vial (conducción temeraria y en estado de embriaguez). Que un famoso sea conducido ante la Justicia acusado de graves delitos tiene un enorme impacto mediático y despierta reacciones sociales no siempre sensatas ni aceptables. Como se ha comprobado reiteradamente, hay sectores sociales que tienden a disculpar en cierta manera al imputado, incluso regalándole una supuesta absolución "popular", sólo por tratarse de un personaje al que admiran y cuya vida siguen hasta en sus detalles más privados; otros, por el contrario, se exceden en la dirección opuesta: consideran, mucho más allá de lo razonable, que el triunfador merece, por el hecho de serlo, una especial represión en sus actividades, traducida en una severa condena en caso de delito. Unos y otros prescinden de la cautela más elemental, precisamente aquella que hace que la Justicia funcione para garantizar la igualdad de todos los ciudadanos y la sanción penal ecuánime que corresponda a cada actividad delictiva. Ortega Cano defendió ayer su inocencia ante las graves acusaciones que se le hacen, basadas en informes periciales y testimonios: que conducía a velocidad superior a la permitida y bajo los efectos del alcohol, que otros conductores le habían denunciado en aquellas horas trágicas y que irrumpió en el carril contrario provocando el accidente que causó la muerte a Parra. Oídas las partes y examinados testimonios y pruebas, el juez instructor habrá de decidir el futuro del torero y, en sus caso, el tribunal que lo juzgue. En una sociedad civilizada no caben linchamientos ni absoluciones precipitadas y ajenas al procedimiento judicial ordinario.

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