Tribunales

Un transportista y un ama de casa recuperan los 6.700 euros que invirtieron en acciones

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Chiclana ha dictado una reciente sentencia por la que anula una compra de acciones que un transportista y un ama de casa suscribieron en junio de 2016 con una entidad financiera por un importe total de 6.727,50 euros.

Según ha informado el Bufete Ortiz, que ha llevado la dirección jurídica del caso, la sentencia estima que "la situación financiera que se reflejaba en el folleto informativo del banco no se correspondía con la situación económica financiera real", por lo tanto, el transportista y el ama de casa, como inversores no profesionales, no disponían de elementos para poder advertir cual era la situación cierta.

"Fue en un breve lapso de tiempo cuando se tuvieron noticias de la existencia de unas pérdidas muy superiores a las que constaban en el folleto informativo, se declaró la inviabilidad de la entidad, se procedió a su intervención, se acordó la amortización de las acciones a valor cero y se efectuó su transmisión por importe de un euro", expone la resolución judicial, que prosigue así: "Una quiebra de empresa ciertamente es un hecho imprevisible, pero también es cierto que no entra dentro de la lógica de las cosas que la misma se produzca en un plazo tan corto y menos aún tras un acuerdo de aumento de capital. La situación necesariamente debía ser límite al tiempo del acuerdo de aumento de capital y, por lo tanto, la información contenida en el folleto no se ajustaba a la realidad". 

"Resulta igualmente palmario, incide la sentencia, el hecho notorio y divulgado por diversos medios de comunicación social acerca del dictamen emitido por inspectores del Banco de España donde se venía a decir que ese banco amplió capital con pérdidas no reflejadas y que algunas de las hipótesis contenidas en el folleto eran demasiado optimistas".

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