Provincia de Cádiz

Un maltratador es absuelto de intentar matar al hijo de su pareja por defenderla

  • El procesado persiguió al chico con un cuchillo de 21 centímetros de hoja mientras le gritaba "a ti también te voy a matar".

  • La Audiencia de Cádiz condena al acusado a 13 años y ocho meses de prisión por homicidio intentado, amenazas y maltrato a la mujer.

Fachada de la Audiencia Provincial de Cádiz.

Fachada de la Audiencia Provincial de Cádiz. / Lourdes de Vicente

La Audiencia de Cádiz ha condenado a 13 años y ocho meses de prisión a un hombre por intentar matar a su pareja sentimental, maltratarla de manera continuada y amenazarla. Sin embargo, el procesado ha salido absuelto del delito de intento de homicidio respecto al hijo menor de la mujer, al que persiguió con un cuchillo por su casa mientras intentaba defender a su madre. Según el tribunal de la Sección Tercera, no queda acreditado que la verdadera intención del encausado fuese acabar con la vida del chico y baraja como posibilidades que “simplemente quisiera asustarlo o lesionarlo levemente como una advertencia en pro de su silencio”.

La sentencia recoge como hechos probados que el agresor, condenado en firme por maltratar a una pareja anterior, inició una relación sentimental con la denunciante en diciembre de 2019 y pasó a convivir con ella y sus tres hijos menores en su domicilio.

Al principio la relación iba bien. De hecho, ella declaró en la vista oral que él era “la persona más maravillosa del mundo”. Sin embargo, todo cambió cuando la mujer accedió al mercado laboral, ya que el procesado no quería que trabajase fuera de casa porque creía que mantenía relaciones íntimas con otros hombres (su jefe, sus compañeros de trabajos, sus amistades). 

“Él inicio entonces un férreo control sobre la vida de su pareja. Le impedía salir a la calle sola, supervisaba su forma de vestir, examinaba su móvil, comprobaba sus contactos y eliminaba aquellos que estimaba oportunos. Incluso llegó al extremo de someter a la mujer a exámenes dactilares de sus partes íntimas para comprobar si había tenido o no relaciones sexuales con otros hombres”, enumera la resolución judicial.

La víctima “soportaba” estas conductas para evitar los enfados del encausado, disputas que cada vez que producían con mayor frecuencia y durante las cuales él rompía el mobiliario de la vivienda mientras la decía “gorda”, “guarra”, “puta”, “apestas”, “quién se va a fijar en ti” o “nadie te va a querer”. 

En varias ocasiones, “y para imponer sus deseos”, el procesado cogía un cuchillo de cocina y lo colocaba junto a ella al tiempo que le advertía que si se movía de su lado se lo clavaría, lo que provocaba que la mujer, atemorizada, permaneciese durante largo tiempo junto a él en la misma habitación. “Una vez, la víctima llegó a tal punto de desesperación que le pidió que se lo clavara de una vez, que ya no aguantaba más bajo ese clima de terror”, expone la sentencia. 

Asimismo, prosigue la resolución judicial, era frecuente que el ahora condenado profiriese a su entonces pareja expresiones tales como “me voy a comer más años si te mato que si te dejo viva”, “siempre te estás acostando con otros hombres” o “si no eres para mí, no eres para nadie”. 

En febrero de 2020, sólo dos meses después del inicio de la relación, el agresor maltrató a la mujer de forma continuada, a veces, en presencia de sus hijos. Además, después de propinarle palizas, le impedía acudir al médico

Meses después, el 19 de julio de 2020, tuvo lugar el episodio que acabó con el procesado en prisión preventiva, un encarcelamiento provisional que se mantiene a día de hoy. Ese día, sobre las 9:45 horas, la víctima dormía en su dormitorio cuando se levantó al baño y comprobó que su pareja estaba manipulando de nuevo su móvil, una acción que ella le recriminó. Hubo un forcejo entre ambos que acabó cuando la mujer recuperó su teléfono. Fue entonces cuando la víctima le pidió que cogiera sus cosas y se marchase. A continuación, se refugió en su dormitorio. 

De repente, la mujer escuchó un fuerte golpe. El hombre echó abajo la puerta de la habitación, entró dentro y empezó a golpearla con los puños por distintas partes del cuerpo. Ella pidió auxilio a su hijo, que acudió de inmediato, lo que hizo que el acusado cesara en su ataque. En ese momento la mujer llamó al 112 para solicitar ayuda. Cuando el encausado se percató de la llamada, reaccionó gritándole “ahora sí, perra, te voy a matar; me da igual todo, me voy a buscar 20 años”. 

El agresor se dirigió a la cocina y cogió un cuchillo de 21 centímetros de hoja. La víctima, que temía que la matase así como que acabase con la vida de su hijo, le gritó a éste último que se marchara cuanto antes. Cuando el menor salió de su habitación, se encontró al hombre con el cuchillo en la mano, quien al verlo le dijo “a ti también te voy a matar, maricón”, y lo siguió durante varios metros sin llegar a alcanzarle, ya que el chico consiguió huir a la calle a gran velocidad y alejarse del edificio para pedir ayuda.

El hombre sí apuñaló a su pareja en repetidas ocasiones “con intención de causarle la muerte”. En este punto, la sentencia precisa que si la herida que la denunciante sufrió en el epigastro (región superior del abdomen) hubiera penetrado o provocado un desgarro mayor en el hígado, hubiese conllevado un riesgo vital para ella. “No llegó a seccionarle la vena porta por milímetros”, indica la resolución judicial, que recoge igualmente el testimonio de una forense que manifestó en el juicio que la perjudicada tuvo “mucha suerte” de no morir a causa del ataque. 

Tras el apuñalamiento, el agresor se refugió en la casa de un vecino que ignoraba lo que había sucedido. Permaneció allí hasta las 14:00 horas aproximadamente, cuando él mismo contactó por teléfono con la Policía Nacional para reconocer los hechos y entregarse. Minutos más tarde, fue detenido por los agentes. Después, ingresó en prisión hasta hoy. 

Para el tribunal de la Sección Tercera no está acreditado que el procesado actuase bajo los efectos de sustancia alguna (alcohol, drogas...) ni que fuera adicto a las mismas en tal grado que su conciencia y voluntad se vieran comprometidas. 

“Tampoco queda suficientemente acreditado que una noche, mientras ella dormía bajo los efectos de media pastilla de Lorazepan, se despertara sobresaltada al comprobar que su pareja la estaba penetrando”, concluye el dictamen judicial, que no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Absuelto de intentar matar al hijo de ella

Según el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia de Cádiz, cuando el encausado persiguió al hijo de su pareja con un cuchillo en la mano mientras le gritaba "a ti también te voy a matar", cometió un delito de amenazas graves con empleo de instrumento peligroso, "pero, en absoluto, una ejecución de actos tal que objetivamente produjesen el resultado de la muerte de aquel". 

El hijo de la víctima entró en "pánico" y por eso salió corriendo al exterior de la vivienda en busca de ayuda y protección, eso sí, "sin llegar a ser perseguido por el procesado" aunque el chico estuviese convencido de que sí lo hacía. 

"Esta conducta no nos permite deducir -como pide la Fiscalía y la acusación particular- que la intención verdadera del acusado fuese matar al hijo de su pareja y no, por ejemplo, asustarlo simplemente, ponerlo en huida o lesionarlo levemente como una advertencia en pro de su silencio no delatador", argumenta el tribunal. 

"El problema de sancionar dicha conducta, una vez más, es el principio acusatorio, pues las acusaciones no han realizado una imputación alternativa o subsidiaria entre el delito de intento de homicidio y el de amenazas graves", razona la Sección Tercera para absolver al encausado en este sentido. Sin embargo, y así aparece en la sentencia, la acusación particular sí solicitó en su escrito que el procesado fuese condenado por un delito de amenazas graves continuadas respecto al hijo de la víctima a la pena de dos años de prisión. 

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