Coronavirus en Cádiz

La Inspección de Trabajo inicia una campaña exprés contra empresas que incumplen el estado de alarma

  • Los inspectores actuarán contra las sociedades que impiden el disfrute del permiso retribuido, mantienen su actividad por "encima de lo indispensable" o alargan más allá del 30 de marzo las actuaciones para detener su funcionamiento

Negocios cerrados en la Zona Franca de Cádiz.

Negocios cerrados en la Zona Franca de Cádiz. / Jesús Marín

La Inspección de Trabajo ha movilizado a su personal para velar por el cese de la actividad no esencial en cumplimiento del decreto de estado de alarma contra la epidemia de coronavirus. El Ministerio de Trabajo ha lanzado una campaña especial que se prolongará hasta el próximo 9 de abril, según una instrucción firmada por el director de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Héctor Illueca, en la que se acortan al máximo los plazos de tramitación de las denuncias.

El documento indica a los inspectores un listado "no exhaustivo" de infractores a perseguir. Entre ellas, cita expresamente a "las empresas que no permiten el disfrute del permiso retribuido y ordenan a sus trabajadores la continuidad de la actividad empresarial". También ordena actuar contra aquellas compañías que "concediendo el permiso a una parte de la plantilla, mantienen su actividad por encima de lo indispensable", y las que alargan más allá del 30 de marzo las tareas imprescindibles para llevar a cabo la detención de la actividad".

Las actuaciones se realizarán en dos fases. En una primer momento, la Inspección se dirigirá a la empresa presuntamente infractora por correo electrónico "una vez que se conozca en la Inspección Provincial la existencia de un posible incumplimiento, sea porque se haya recibido una denuncia, una comunicación presentada en el buzón de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) que identifique a la empresa o cuando así se determine desde el Área de Planificación". En ese correo se instará a la empresa que acredite "en el plazo de 24 horas" el cese de la actividad

La segunda fase se inicia si transcurrido el plazo no hay respuesta. "Salvo que sean posibles las comprobaciones a través de documentos o medios electrónicos, se realizará visita al centro de trabajo en el plazo de 24 horas desde que finalizara el plazo concedido a la empresa", señala la instrucción, que agrega que esta visita "podrá realizarse en compañía de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado".

Si se constata que la empresa no ha concedido el permiso laboral retribuido al que está obligada, se cerrará el expediente en un plazo de 24 horas con un acta de infracción, a la que se suma sendos informes a las autoridades sanitarias y a la Subdelegación del Gobierno "a los efectos de una posible actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado".

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