Tribunales Cádiz

La Audiencia de Cádiz absuelve a un acusado de violar a una menor

  • El tribunal considera que no existen pruebas suficientes que acrediten la agresión sexual.

  • La Fiscalía pedía para el procesado 11 años y ocho meses de prisión y la acusación particular, 19.

La Audiencia Provincial de Cádiz, donde se celebró la vista oral.

La Audiencia Provincial de Cádiz, donde se celebró la vista oral. / Lourdes de Vicente

La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto a un joven acusado de agredir sexualmente, amenazar y lesionar a una menor de 17 años con la que mantuvo una relación sentimental durante tres meses aproximadamente en el verano de 2016. El tribunal de la Sección Tercera considera que no hay pruebas suficientes que acrediten la violación ni que impliquen al procesado en el posterior embarazo de la denunciante. La Fiscalía pedía para el encausado 11 años y ocho meses de prisión y la acusación particular, 19.

Durante la celebración de la vista oral, el acusado, representado por la letrada Nieves Granado, admitió la relación de escasos tres meses de duración con la denunciante, durante la cual, dijo, jamás mantuvo relaciones sexuales con ella. De hecho, lo único que ha quedado acreditado para el tribunal es que "en una ocasión, el procesado le expresó su deseo de mantener relaciones, respondiéndole ella que lo harían cuando estuviera preparada, pues entonces no era el momento".

"Toda la prueba pivota sobre la declaración de la víctima, que carece de la carga necesaria para enervar el principio de presunción de inocencia", argumenta la sentencia. Así, la resolución judicial expone que la querellante no ha mantenido una incriminación persistente a lo largo del procedimiento. "Pese a que tenemos en cuenta que en este tipo de delitos difícilmente aparece una víctima narrando desde el primer momento tales actos degradantes y libidinosos, es cierto que en este caso la víctima ha ido ofreciendo cada vez versiones distintas sobre los hechos, lo que desnaturaliza su testimonio".

Asimismo, el tribunal subraya que la joven formuló la denuncia "cuatro meses después" de la supuesta violación, en diciembre de 2016. También precisa que cuando la joven descubrió que estaba embarazada, "siempre indicó que las relaciones sexuales que práctico fueron totalmente consentidas y que se debió a una rotura del preservativo". "Es al final, en la denuncia, y a instancia de una tercera persona, cuando narra que había sido objeto de una agresión sexual, todo ello aderezado con la expulsión del domicilio de sus abuelos maternos, lugar donde residía".

En cuanto a la verosimilitud del testimonio de la querellante, "no ha sido creíble en sus aspectos esenciales y, además, no cuenta con acreditaciones periféricas corroboradoras". Según el tribunal de la Sección Tercera, tanto la Fiscalía como la acusación particular pretendieron buscar en el juicio una corroboración indirecta con las manifestaciones de la madre de la menor. Sin embargo, aduce la Sección Tercera, "poco o casi nada podemos extraer de las manifestaciones de esta testigo, pues la propia acusación particular la tacha de un tanto distraída y descuidada, ya que la guarda y custodia la ostentaban los abuelos maternos, por cierto, no traídos a la vistan oral; igualmente, esa testigo manifestó que la denuncia probablemente la puso su hija para volver a casa con sus abuelos".

"Partiendo de que no decimos que la víctima no diga la verdad, sí es cierto que el déficit probatorio es importante, al generar muchas dudas las versiones existentes en la causa", razona la sentencia, que añade que esas dudas se ven agravadas por "la falta de actividad probatoria sobre elementos esenciales, como podría haber sido una prueba de ADN que acreditara la paternidad del encausado".

Para el tribunal encargado de juzgar este procedimiento, no se puede pretender justificar la autoría de la agresión sexual con base al aborto al que se sometió la joven voluntariamente en octubre de 2016. "Hubiera sido más fácil haber practicado una prueba de ADN que desvirtuara las manifestaciones del acusado al respecto, pero, reiteramos, resulta manifiestamente insuficiente, dada la falta de verosimilitud del testimonio de la denunciante", concluye la sentencia.

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