Tribunales Cádiz

Absueltos dos acusados de provocar un incendio en San Fernando que puso en peligro la vida de varios vecinos

  • La Audiencia de Cádiz exculpa a los procesados por falta de pruebas, dado que no puede identificarlos en un vídeo "de muy mala calidad" aportado a la causa

Estado del edificio afectado por el incendio en la calle Escaño.

Estado del edificio afectado por el incendio en la calle Escaño.

La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto a dos acusados de provocar en 2010 un incendio en San Fernando que puso en peligro la vida de varios vecinos de la zona. Los procesados, que se enfrentaban a la pena de once años de prisión a petición de la Fiscalía, han quedado exculpados por falta de pruebas, ya que el tribunal no ha podido identificarlos en un vídeo "de muy mala calidad" adjuntado a la causa

Tal y como recoge sentencia dictada por el tribunal de la Sección Primera, el pasado 21 de marzo de 2010, sobre las cinco de la madrugada, personas no identificadas prendieron fuego a una furgoneta que había sido estacionado por su dueño en la calle Escaño, junto a la puerta de acceso a un almacén y un garaje también de su propiedad.

El fuego se propagó con rapidez, prosigue la resolución judicial, dado que las llamas se extendieron hasta otros vehículos aparcados junto a la furgoneta. El combustible de los depósitos provocó que el fuego llegara incluso la tercera planta de la finca número 7 de la calle Escaño.

Según el tribunal, este incidente puso en peligro la vida y la integridad física de los vecinos de ese inmueble, que no pudieron abandonarlo por los efectos del fuego y el humo tóxico originados por el incendio. Quedaron así encerrados en sus viviendas por consejo de la Policía Nacional hasta que los bomberos lograron sofocar las llamas. 

El incendio ocasionó graves daños materiales que fueron tasados en total en 34.517 euros, si bien no hubo que lamentar daños personales. "Si no sucedió nada más grave, fue fruto del azar y de la rápida respuesta de la Policía y de los Bomberos, pero desde luego no de la intención de quienes llevaron a cabo el incendio", refleja la sentencia.

A la hora de absolver a los dos encausados, la Audiencia de Cádiz esgrime que no puede identificarlos en las grabaciones aportadas a la causa. "El vídeo no es nada claro, su calidad deja mucho que desear y los hechos tienen lugar con nocturnidad, lo que supone un obstáculo más para la calidad de su visionado".

El tribunal añade: "Los policías que llevan a cabo el atestado creen identificar a los acusados por sus características físicas y por sus andares, tal y como literalmente manifestó en el acto del juicio un agente, pero el vídeo es de tan mala calidad que ni tan siquiera se reproduce en tiempo real, sino que es entrecortado, por lo que difícilmente pueden los andares convertirse en un elemento importante de identificación".

Así, después de reproducir la grabación en varias ocasiones y examinarla de manera concienzuda, la Sección Primera ha llegado a la conclusión de que “difícilmente se puede identificar a nadie en un vídeo de esas condiciones”.

“Ello no es óbice para que a los profesionales de la Policía les pudiera parecer que se trataba de los procesados. Ese parecer lo han intentado avalar, en una actitud que les honra, a través de un testigo”. Sin embargo, ese testigo “ha negado de manera muy contundente y rotunda, tanto en el juzgado de instrucción como en el juicio, haber identificado a nadie tras el visionado de las imágenes”, señala la resolución judicial.

Llegados a este extremo, la Audiencia de Cádiz considera que no existen pruebas categóricas que inculpen a los acusados mientras que sí existen "muy serias dudas" de que ambos fueran las personas que prendieran fuego a la furgoneta y ocasionaron el peligroso incendio. 

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