La Línea

La denuncia contra Araujo por la RPT de La Línea de 2013, archivada

  • La juez dictó el sobreseimiento y archivo de la causa al considerar que no existía delito

Gemma Araujo dialoga con Javier García en una asamblea reciente del PSOE

Gemma Araujo dialoga con Javier García en una asamblea reciente del PSOE / Erasmo Fenoy

Gemma Araujo concurre a las elecciones generales como número 4 en la lista del PSOE al Congreso al margen de todo proceso penal tras el sobresimiento y archivo de la denuncia que la Fiscalía de Algeciras interpuso en su contra por el acuerdo de estabilidad laboral de los trabajadores municipales del Ayuntamiento de La Línea. Ese acuerdo, anulado posteriormente en un procedimiento contencioso administrativo por no ajustarse a los criterios de estabilidad presupuestaria de las administraciones públicas, fue firmado el 13 de diciembre de 2013 por los sindicatos y Araujo cuando esta era alcaldesa.

En contra de lo afirmado por este periódico en su edición de este domingo, Araujo quedó libre de la investigación por prevaricación y malversación abierta a petición del ministerio público, que había cuestionado el ajuste a la ley del acuerdo que dio fruto a la nueva Relación de Puestos de Trabajo (RPT) en el consistorio linense.

En un auto de mayo del año pasado que Araujo hizo llegar ayer a esta redacción, la juez de primera instancia e instrucción de La Línea, Laura Carmen de la Haba, recuerda que la juridisprudencia del Tribunal Supremo establece que para que exista el delito de prevaricación debe ser existir una resolución “objetivamente contraria a derecho, es decir, ilegal”.

“El acuerdo cuya legalidad se cuestiona se aprobó, consensuado incluso con todos los sindicatos, apremiado el Ayuntamiento por el Tribunal de Cuentas ante la necesidad de adecuar la RPT del Consistorio a la realidad vigente. Ante la dificultad de dicha operación se adoptó una decisión que si bien no se adecuaba a la Ley de Presupuestos Generales del Estado, sí solucionaba provisionalmente la situación”.

“Ahora bien”, continúa la juez en el auto, “dicho acuerdo no puede calificarse de resolución arbitraria. En primer lugar no puede señalarse que sea ilegal, en el sentido que sea de tal entidad que no pueda ser explicado desde una argumentación técnica-juríridica”. Y añade: “De hecho, los propios técnicos del Ayuntamiento lo califican como malo, en ningún caso arbitrario”.

Tampoco aprecia la juez voluntad de dictar “una resolución ilegal” o de “una resolución administrativa arbitraria a sabiendas”, sino de un acuerdo adoptado bajo la presión que suponía el carácter conminatorio de la exigencia del Tribunal de Cuentas. Prueba de la dificultad de acuerdo sobre la RPT es que, a la fecha del auto, aún no se había podido cerrar un consenso al respecto.

“No estoy inmersa en ningún tipo de proceso judicial como investigada”, afirmó Araujo, quien sostuvo que, de haber sido así, habría sido ella misma quien hubiera renunciado a figurar en la candidatura del PSOE.

Esta redacción lamenta haberse hecho eco de una información falsa que no contrastó de forma debida.

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