La Línea

Elecciones municipales

  • TOMO IXEl noveno volumen de la Enciclopedia de La Línea está dedicado a la vida política en la localidad, con un profundo análisis del sistema electoral

A través del tiempo, las elecciones municipales en España han sufrido una serie muy importante de cambios. En este capítulo vamos a estudiar someramente los comicios locales celebrados en nuestra patria en general y en La Línea de la Concepción en particular, en los siglos XIX y XX, así como los primeros once años del actual XXI. En el siglo XIX, encontramos varios modelos para desarrollar las elecciones municipales, según fuera el partido en el poder. Cuando gobernaban los progresistas, votaban un cierto número de personas, que elegían a unos compromisarios y éstos a su vez, elegían a los concejales y alcaldes, y los moderados reservaban al monarca la facultad de escoger entre los regidores elegidos. Para ser votantes, debería reunir una serie de condicionamientos, como veremos más adelante, y por supuesto ser hombre. Las mujeres todavía tardarán muchos años en poder ejercer su derecho al voto, concretamente hasta el año 1933.

La normativa municipal española a mediados del siglo XIX

El análisis y la comparación de las leyes municipales y, más concretamente, de los censos electorales en el periodo liberal que abarcó de 1837 a 1853, muestra cómo se adoptaron diversos modelos electorales en ese momento, según fuese el partido que gobernase. Así, cuando lo hicieron los progresistas elaboraron una ley electoral descentralizada y ampliaron el censo de electores hasta llegar a cubrir las capas medias de la sociedad, mientras que los moderados, cuando lo hicieron, legislaron para jerarquizar el poder del Estado del centro a las provincias y recortaron el censo hasta dejar a los 250 mayores contribuyentes de la ciudad.

El segundo objetivo del estudio ha mostrado la evolución del electorado municipal del municipio a raíz de la abertura liberal que significó el triunfo de la Revolución Burguesa, que propició que los sectores que vivieron una coyuntura económica favorable, principalmente los dedicados al comercio, se situasen en los primeros lugares entre los mayores contribuyentes en detrimento de otros grupos, el campesinado, que permanecían estancados. Uno de los puntos conflictivos de la política liberal durante buena parte del siglo XIX fue el de decidir la ley de Ayuntamientos que se tenía que poner en práctica y, entre otros aspectos legales, que tanto por cien de ciudadanos de un municipio tenían la posibilidad de escoger a sus representantes y, por lo tanto, cuales se quedaban fuera. El debate entre los dos partidos que acogía el primer liberalismo en España (1833-1843), moderados y progresistas, ocasionó un duro conflicto en 1840, cuando los primeros, con mayoría en el Parlamento y utilizando la influencia de la regente María Cristina, quisieron cambiar la ley de Ayuntamientos que desde 1837, con la Constitución que se aprobó en aquel año, regulaba el régimen municipal en España.

La ley amparada en aquel documento fue asumida desde el primer momento por los progresistas, no en vano uno de sus líderes más destacados (Salustiano Olózaga) fue el principal redactor del articulado, porque les garantizaba el control de los Ayuntamientos por el mecanismo electoral que contemplaba. La cuestión radicaba en que cada uno de los dos partidos mayoritarios del liberalismo español defendía una idea diferente en cuanto a la legislación municipal que debía predominar. La intención de uno y otro partido era la de dar una mayor o menor autonomía a los entes locales, de acuerdo a la representatividad que emanaba de la elección. Así, los progresistas cedían la elección y la designación de los regidores y alcaldes a un cuerpo de electores compuesto por ciudadanos que conseguía esta condición gracias a su elección en una primera ronda de votaciones entre todos los vecinos del municipio; mientras que los moderados, con la ley puesta en práctica a principios de 1845, pretendían condicionar y controlar la libertad municipal contemplada en la Constitución de 1837 reservando al monarca la facultad de escoger entre los regidores elegidos, en una elección directa entre los mayores contribuyentes de los municipios, al alcalde y los tenientes de alcalde que debían encabezar los ayuntamientos entrantes. Otra característica diferencial entre los dos modelos de organización municipal venía determinada por el papel que desempeñaba el jefe político en la corporación. De esta forma, a pesar que los progresistas no ponían en duda la función de delegado del gobierno del jefe en las capitales de provincia, la Constitución de 1837 no consideraba necesario que este tuviera que presidir las sesiones del consistorio. En cambio los moderados, con la ley de 1845, consideraban esencial que el jefe político presidiera las sesiones del Ayuntamiento y controlara, así, las actuaciones de los regidores locales. Estas dos diferencias ya determinaban, de antemano, una filosofía organizativa municipal opuesta que se resolvió, en la práctica, en una mayor autonomía, con relación al gobierno central, de los ayuntamientos surgidos con la ley defendida por los progresistas, en contraposición a una mayor rigidez y control que pretendían los moderados. Es evidente que la práctica política diaria desarrollada en los consistorios locales entre 1837 y 1854 tuvo dos fases, de acuerdo con el partido que gobernaba y legislaba en España.

Durante el periodo comprendido entre 1837 y 1843 el ayuntamiento se convirtió en un órgano de representación y de reivindicación de la voluntad de los vecinos de la ciudad frente a las normas que marcaban los delegados civiles y militares del gobierno establecido. Por otro lado, aunque no conocemos del todo políticamente este periodo en la ciudad, durante la década moderada (1844-1854) los consistorios tendrían una función puramente delegada y centralizada del poder que se establecía desde Madrid. Evidentemente, si se comparan los dos modelos de organización municipal citados se observará que el gobierno progresista dejaba un mayor número de competencias en manos de la corporación local que el moderado. El ejemplo más significativo, políticamente, era la cesión a los ayuntamientos que hacía la ley progresista para que organizasen y gestionasen la Milicia Nacional, compuesta por los vecinos, que tenía la misión de velar por la conservación del liberalismo. Este cuerpo de seguridad ciudadana fue suprimido drásticamente por los moderados cuando se hicieron con el poder en 1844 y lo substituyeron por la Guardia Civil (creada en abril de 1844), que era un órgano policíaco dependiente del gobierno central.

Pero, dejando de lado las anteriores matizaciones, uno de los puntos claves era el de decidir quien tenía opción de votar para escoger a los representantes de los ayuntamientos, lo cual da a entender que ambos grupos confiaban totalmente en el tipo de elección que defendía cada uno. Así, según se utilizara un sistema más o menos restringido, dependía, dando el voto a más o menos cantidad de electores, que uno de los dos partidos liberales tuviera más facilidades para conseguir el control político local. Por esto, cuando gobernaron los progresistas (1840-1843) ampliaron el censo electoral hasta que este les garantizase su propósito; mientras que cuando lo hicieron los moderados, en la década de 1844 a 1854, lo recortaron hasta que la restricción de votantes favoreciese su victoria. Aparte, teniendo en cuenta la reciente contribución de J. M. Pons sobre la problemática electoral en la Década Moderada, creemos interesante analizar el comportamiento electoral de una ciudad en las elecciones municipales desde la perspectiva socio-profesional, de acuerdo con la evolución que experimentó el contenido de los censos durante la cronología temporal propuesta. Bajo este punto de análisis, un censo electoral con los parámetros moderados no tuvo el mismo conglomerado social en 1845 que en 1853.

La proyección social de algunos grupos laborales, en función de las perspectivas económicas que ofreció el cambio liberal, hizo que los censos, elaborados sobre la base del dinero y las posesiones del contribuyente, experimentasen cambios notables en los diferentes periodos analizados. La proyección política que ofreció esta evolución del censo, según los grupos socio-profesionales más representados, repercutió en los resultados electorales de los partidos progresista y moderado, de forma que la incorporación de individuos de grupos concretos en la escala de mayores contribuyentes que tenían derecho a voto podía determinar o comprometer una victoria más o menos cómoda del Partido Moderado, que era quien "debía de ganar" en el periodo comprendido entre 1844 y 1854.

Más adelante volveremos a insistir sobre este tema, pero de entrada conviene puntualizar que la sociedad generada por la "Revolución Liberal Burguesa", lejos de ofrecerse a nuestros ojos como inmóvil, se permeabilizó de acuerdo a la aptitud de los individuos para hacer más dinero. Este hecho comportaba para los más aptos, automáticamente, la posibilidad de adquirir derechos políticos e influencia social en el municipio en igualdad de condiciones que los notables que habían mandado en el Antiguo Régimen, circunstancia que bajo otro tipo de gobierno (absolutista por ejemplo) hubiese sido prácticamente imposible.

En consecuencia, la gran diferencia en la comparación inicial entre los modelos electorales progresista y moderado radicaba en que en el primero de los casos todos los vecinos de sexo masculino reconocidos de la ciudad tomaban parte en la votación, mientras que en el segundo de los casos había una reducción del censo en función de las contribuciones que pagaban.

Las relaciones de electores y elegibles, en el caso moderado, se confeccionaban a partir de las rentas que pagaban a la hacienda estatal y al ayuntamiento, de tal manera que el primero en la relación era el mayor contribuyente de la ciudad y así sucesivamente con el resto de electores. Entonces, como hipótesis inicial de trabajo puede suponerse que si los moderados querían recortar el censo, lo hacían porque esperaban el apoyo del grupo de mayores contribuyentes; mientras que si los progresistas pretendían ampliarlo, era porqué esperaban el de las clases medias. Aunque esta afirmación no es ninguna novedad, sí que escasean, todavía, esfuerzos cuantitativos en cada localidad para determinar lo que se entiende como clases sociales altas y medias. O dicho de otra manera, a pesar del consenso historiográfico de los últimos años a la hora de valorar globalmente los sectores en que se apoyaban los moderados (los ricos y los propietarios) y los progresistas (las clases medias) no se sabe concretamente el componente social exacto que determinaba el apoyo a uno u otro partido en el periodo que abarca del año 1837 al 1853. La hipótesis de trabajo descrita anteriormente no descarta la posibilidad de que hubiera grandes propietarios que se alinearon al lado del progresismo y, al revés, que modestos artesanos lo hicieran con el moderantismo, lo cual viene a demostrar que, aparte de los intereses económicos, las ideas políticas podían cuajar en uno u otro sentido y que las redes clientelares permanecieron durante la transición del absolutismo al liberalismo.

Por todo lo que hemos explicado hasta ahora nos ha parecido interesante hacer un análisis de los censos municipales elaborados por gobiernos progresistas y moderados, para averiguar el reflejo que tenían estos en el ámbito social y, en un sentido más amplio de explicación, que apoyo esperaban conseguir ambos partidos con uno u otro sistema electoral.

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