Las declaraciones de Alaya

El juez que presentó a Alaya en Madrid dice que “no cometió falta alguna”

  • El magistrado considera que la juez de la Audiencia de Sevilla "se limitó a ejercer su libertad de expresión"

  • Como testigo presencial, se ofrece a declarar en las diligencias informativas abiertas por el CGPJ

La juez Mercedes Alaya.

La juez Mercedes Alaya. / José Ramón Ladra

No todos critican a Alaya por sus declaraciones, hay jueces que salen en su defensa. El juez Manuel Ruiz de Lara, que presentó a su compañera Mercedes Alaya en el Club Siglo XXI de Madrid y escuchó las declaraciones por las que va a ser investigada, afirma en una carta abierta a sus compañeros que “en ningún momento la magistrada realizó manifestación alguna que sea constitutiva de ningún tipo de falta disciplinaria”

Como testigo presencial de los hechos, Ruiz de Lara sostiene que debe hacer este posicionamiento “por honestidad”  y para “resaltar públicamente la verdad de las manifestaciones”, pues no le une a la magistrada sevillana ninguna relación, más allá de haberla saludado en dicho coloquio.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto diligencias informativas a Alaya, a petición del Consejo Fiscal, por las críticas a fiscales, jueces y cargos judiciales que vertió durante un coloquio en el Club Siglo XXI de Madrid el pasado 4 de junio.

Según Ruiz de Lara, que es magistrado de lo Mercantil en Barcelona, la juez instructora del caso de los ERE realizó sus afirmaciones “en el ejercicio de su libertad de expresión, sin incurrir en falta disciplinaria alguna ni faltar el respeto a ninguna autoridad”. 

En concreto, “afirmó haber recibido presiones a través de medios de comunicación de distintos responsables políticos, cuestionando la instrucción de las causas que en el ejercicio de su jurisdicción llevaba”.

También “expresó su respeto a la labor que realizan los fiscales, resaltando que se trata de excelentes profesionales”, aunque manifestó “su oposición a que se atribuya al Ministerio Fiscal la instrucción de las causas penales, mientras no se modifique el principio de jerarquía al que por su estatuto orgánico están sometidos y a razón de las influencias derivadas de la política criminal imperante en cada momento que podrían producirse”. 

La magistrada “manifestó su disconformidad con el sistema de nombramientos discrecionales del CGPJ, que en ocasiones carecen de la suficiente objetividad y de la motivación adecuada” al ser la misma un mero "corta y pega del currículum del candidato nombrado". 

Añade Ruiz de Lara que Alaya “apostó por una modificación del sistema de elección de vocales del CGPJ para que pasen a ser elegidos por los jueces y juezas de éste país, considerando que el actual sistema de elección obedece a un mero reparto entre los partidos políticos sin la necesaria transparencia y donde se erige como mérito preferente para ser elegido la presunta afinidad política o el contacto personal con los partidos políticos”.

“Creo que como testigo directo de los hechos que constituyen el objeto de las diligencias informativas incoadas a la magistrada Mercedes Alaya, por honestidad debo resaltar públicamente la verdad de las manifestaciones que se realizaron en el coloquio celebrado en el Club Siglo XXI de Madrid, ante las filtraciones producidas respecto a unas diligencias que deberían ser reservadas”.

Ruiz de Lara se pone a disposición del Promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ, por si considera relevante recibirle declaración como testigo en relación con las diligencias informativas contra Alaya.

Ruiz de Lara, que fue él mismo objeto de una investigación luego archivada, aprovecha la ocasión para reivindicar “las carencias de nuestro régimen disciplinario” y para acompañar nuevamente la propuesta de código de buenas prácticas en materia disciplinaria que ha elaborado la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial a la que pertenece.

El presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, no ha prestado “el más mínimo interés al respecto”, se lamenta.

Sostiene el juez que las diligencias informativas “carecen de regulación en nuestro ordenamiento jurídico, lo que ocasiona una evidente inseguridad jurídica al magistrado/a investigado que desconoce sus posibilidades de intervención en las mismas y su desarrollo”.

Todo queda “a la más absoluta discrecionalidad o buena voluntad del Promotor de la Acción Disciplinaria”, sostiene la Plataforma.

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