Gibraltar

El TJUE declara ilegal la reforma fiscal que el Peñón propuso en 2002

  • El fallo, que da la razón a la Comisión Europea, no tendrá efectos prácticos en Gibraltar, pues desde enero aplica un modelo que grava a todas las empresas

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) dictaminó ayer que la reforma del impuesto de sociedades que Gibraltar presentó en 2002 es ilegal al constituir un régimen de ayudas incompatible con la normativa comunitaria. De esta forma, el TJUE da la razón a la Comisión Europea, que en 2008 recurrió el fallo del Tribunal de Primera Instancia de la UE que había anulado su rechazo a dicha reforma.

No obstante, esta resolución no tendrá efectos prácticos sobre el Peñón, que desde el pasado 1 de enero cuenta con otro modelo fiscal que, a diferencia del presentado hace nueve años, no hace distinciones entre las empresas offshore o no residentes -aquellas registradas en el Peñón pero que no realizan allí ninguna actividad económica o comercial- y las onshore a la hora de pagar impuestos. De hecho, todas tributan un 10%. En la reforma de 2002, se favorecía a unas empresas sobre otras y en especial a las que no tenían presencia real en Gibraltar.

El Tribunal de Justicia de la UE, al considerar ilegal esa reforma en términos de selectividad material, no entra por tanto a examinar si es selectiva desde el punto de vista regional, es decir si Gibraltar puede tener un régimen fiscal distinto al del Reino Unido, aspecto éste último sobre el que el Gobierno español había presentado un recurso.

El Gobierno de Gibraltar calificó ayer el fallo de "bastante satisfactorio", pues al no estudiar la reforma en términos de selectividad regional "deja intactos nuestros poderes tributarios". En un comunicado, el Ejecutivo hizo además hincapié en que la selectividad regional fue apelada por el Gobierno español y no por la Comisión Europea. "El intento de España de utilizar esta apelación para conseguir una resolución judicial que dijera que Gibraltar no tiene derecho a un régimen fiscal propio ha fallado", puntualizó el número 6 de Convent Place.

Por su parte, el ministro principal, Peter Caruana, añadió que, para Gibraltar, el asunto "crucial" es precisamente sobre el que no se pronunció ayer el TJUE, lo que hace que prevalezca el dictamen del Tribunal de Primera Instancia, que en 2008 concluyó que Gibraltar sí puede tener fiscalidad propia. Para ello, tomó como referencia una sentencia sobre las Azores que clarifica cuándo un territorio puede dictar sus propias normas tributarias.

El líder de la oposición gibraltareña, Fabian Picardo, destacó también las nulas repercusiones para el Peñón del fallo, que no obstante obliga a Gibraltar y al Reino Unido a pagar a la Comisión Europea y a España los costes de la apelación.

Para la Comisión Europea, la resolución también es satisfactoria, ya que el TJUE se ha pronunciado sobre la selectividad material en la que se centraba su apelación. Así, aunque el fallo no afectará a Gibraltar al referirse a un régimen al que ya no opta, la CE puntualizó ayer que "confirma que los regímenes fiscales diseñados para dar a ciertas empresas, en este caso a sociedades extraterritoriales, una ventaja, constituyen una ayuda pública a los beneficiarios que distorsiona la competencia en el mercado único de Europa de forma artificial y perjudicial".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios