Tribunales

Crítica al Constitucional por la sentencia que absuelve a los Albertos

  • El Tribunal Supremo adopta un acuerdo en el que critica al Tribunal Constitucional por entender que se excedió en su jurisdicción al absolver a los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer de un delito de estafa.

 La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo adoptó hoy un acuerdo en el que critica al Tribunal Constitucional por entender que se excedió en su jurisdicción al absolver el pasado miércoles a los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer de un delito de estafa al considerar prescrita su conducta en el "caso Urbanor". Señala que el Constitucional se basó en una interpretación de la tutela judicial efectiva que vulnera el artículo 123 de la Constitución española que es el que dota al Tribunal Supremo de supremacía en la interpretación de las leyes.

  Tras más de tres horas de reunión los 16 magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo, constituidos en Sala General recuerdan que el citado artículo de la Constitución "tiene como misión presevar el debido equilibrio entre órganos constitucionales del Estado, en este caso, Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo, para asegurar el adecuado funcionamiento de aquél, de forma que (el TC) desconoce su esencia fijando una interpretación de la legalidad ordinaria que sólo corresponde al Tribunal Supremo".

  Al igual que ya hicieran en dos ocasiones anteriores (mayo de 2005 y abril de 2006), la Sala General manifieta por escrito su intención de mantener su actual jurisprudencia sobre la interrupción de la prescripción de los delitos y manifiesten su supremacía sobre el Tribunal Constitucional, en lo que a interpretación de las leyes se refiere.

  El enfrentamiento entre ambas altas instituciones judiciales se mantiene vivo desde mayo de 2005, tras conocerse una sentencia del Tribunal Constitucional de marzo de 2005 que modificaba la doctrina sobre prescripción de los delitos.

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