Elecciones

El calendario es la única certidumbre

  • Sólo la agenda está asegurada en un panorama sembrado de dudas

Las dudas sobrevuelan el escenario político nacional después de que los ciudadanos españoles decidieran con sus votos el pasado 20 de diciembre que quería un Congreso fragmentado, sin que ningún partido dispusiera de la mayoría absoluta de escaños y que ni siquiera alguno se acercara a la cifra de 176 asientos.

Lo único realmente que se conoce ahora, nueve días después de los comicios, es el calendario, la única certidumbre tras ver cómo ha quedado dispuesto el hemiciclo. La ley marca que pasados un máximo de 25 días de las elecciones han de convocarse las Cortes. La fecha prevista, y la que se viene hablando en la última semana, es el próximo 13 de enero.

Ese día, los 350 diputados tienen que tomar posesión de su escaño y jurar o prometer su cargo, tras lo cual se ha de elegir a un presidente del Congreso, en principio por mayoría absoluta, algo que difícilmente ocurrirá debido al mencionado reparto, por lo que se iría a una segunda votación en la que basta la mayoría simple.

Una vez elegido el presidente del Congreso, hay que fijar una fecha para el debate de investidura, para lo que la ley no marca fechas, plazos, ni límites. La historia dice que todos los presidentes son investidos más o menos un mes después de haber sido votados, salvo una excepción: en el año 1996 José María Aznar necesitó nada menos que dos meses para llegar a un pacto con los nacionalistas catalanes, vascos y canarios para lograr la investidura.

Cuando se celebre ese primer debate de investidura, el siguiente paso será elegir al presidente con mayoría absoluta; si no lo consigue, dos días después se elegiría por mayoría simple. A partir de ahí se pueden producir todas las votaciones que se quiera aunque con un plazo: desde el primer debate de investidura hay dos meses para elegir presidente, y si no, nuevas elecciones.

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