Economía

La reversibilidad del teletrabajo podrá ser ejercida por el trabajador y la empresa

Una mujer teletrabajando.

Una mujer teletrabajando. / M. G.

La decisión de teletrabajar, además de voluntaria, será también reversible tanto para la empresa como para la persona trabajadora, aunque la futura ley no desarrollará el ejercicio de la reversibilidad y dejará su regulación casi enteramente a la negociación colectiva.

Este es uno de los cambios introducidos por el Gobierno en el último borrador del anteproyecto de ley de trabajo a distancia, que se discutirá en la próxima reunión de mañana de la mesa negociadora con la patronal y los sindicatos.

Con la nueva redacción no se establece expresamente que la decisión de volver al trabajo presencial sea un derecho del trabajador, aspecto que constituía una línea roja para la patronal, aunque en la práctica se le faculta a ejercerlo, al igual que a la empresa.

No obstante, sólo podrá hacerlo en los términos que se regulen en los convenios colectivos o en el acuerdo de trabajo a distancia que se firme con la empresa, aunque la norma establece la prioridad de los trabajadores a distancia que quieran dejarlo para ocupar puestos de trabajo presenciales si existiera vacante.

Rechazo de la patronal

El nuevo borrador mantiene el porcentaje mínimo del 20% de la jornada, en un periodo de referencia de tres meses, para considerar que existe una prestación de trabajo a distancia que obliga a firmar un acuerdo de teletrabajo.

Este porcentaje es demasiado bajo para la patronal, ya que por ejemplo un sólo día de teletrabajo semanal dejaría de ser considerado una medida de flexibilidad.

Desde la redacción inicial la norma establece el contenido mínimo que deben incluir esos acuerdos, como el horario de trabajo y las condiciones de disponibilidad, el inventario del equipamiento necesario, la enumeración de los gastos del trabajador y la forma de cuantificar la compensación que tiene que abonar la empresa.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios