Crisis del coronavirus

Los préstamos para el alquiler serán de un máximo de 900 euros al mes

  • Los inquilinos con problemas para pagar la renta pueden pedir la ayuda hasta el 30 de septiembre.

Una mujer pasea cubierta con una mascarilla delante de ofertas de una inmobiliaria de Bilbao.

Una mujer pasea cubierta con una mascarilla delante de ofertas de una inmobiliaria de Bilbao. / Luis Tejido / Efe

Los inquilinos con problemas para pagar el alquiler a causa de la crisis cuentan de plazo hasta el 30 de septiembre para solicitar en su banco los préstamos del Estado para atender el abono de la renta y hasta el 31 de octubre para formalizarlo.

El crédito podrá cubrir hasta el 100% del importe de la renta mensual, si bien tendrán un máximo de 900 euros al mes durante un periodo de seis meses, esto es de 5.400 euros por beneficiario.

Además, tendrán carácter retroactivo, dado que permitirán cubrir el alquiler desde el pasado 1 de abril, el mes siguiente al del inicio de la crisis y la declaración del estado de alarma.

Respecto a los plazos para pedirlo, el periodo para su solicitud podría prorrogarse en dos meses más, hasta el 30 de noviembre, y el de la formalización hasta el 31 de diciembre.

Así lo establece la Orden del Ministerio de Transportes que determina las características de la línea de préstamos de 1.200 millones con aval del Estado y sin intereses habilitado para ayudar a los inquilinos y los requisitos que éstos deben reunir para obtenerlo.

Requisitos

En cuanto a los requisitos económicos, se debe acreditar que el inquilino o alguno de los miembros de la unidad familiar ha resultado afectado por una circunstancia que implica una reducción de ingresos, que se ha quedado en el paro o se ha visto incluido en un ERTE.

Asimismo, también podrán beneficiarse aquellos que hayan reducido su jornada laboral por motivo de cuidados, los trabajadores por cuenta propia que han tenido que parar su actividad o aquellos afectados por otras circunstancias sobrevenidas vinculadas a la actividad laboral o empresarial que impliquen dicha reducción de ingresos siempre que sea consecuencia de la actual situación de crisis y estado de alarma.

Para pedir el crédito, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar del mes anterior a la solicitud de la ayuda no puede superar cinco veces el Iprem. Este indicador es 537,89 euros, con lo que dicho límite de ingresos es de 2.689 euros.

Asimismo, es preciso acreditar que el importe resultante de sumar la renta que pagan por el alquiler y los gastos y suministros básicos es igual o superior al 35% total de dichos ingresos de la unidad familiar.

El inquilino tendrá seis años para devolver el préstamo, con un periodo de carencia inicial de seis meses. Una vez pasados los tres primeros años desde la concesión y hasta seis antes del plazo de amortización inicial se puede pedir una prórroga de otros cuatro años si se acredita que mantiene la situación de vulnerabilidad económica.

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