Economía

La derogación del despido por bajas médicas continuadas entra en vigor este miércoles

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto ley que elimina el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que permitía el despido por acumular bajas médicas en un determinado periodo de tiempo. Se trata de la primera modificación de la reforma laboral del nuevo Gobierno y entra en vigor mañana miércoles.

Según ha explicado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros esta legislación "impide que los más vulnerables puedan ser despedidos" por tener "una baja justificada por enfermedad".

Con esta iniciativa, afirmó Díaz, el Gobierno cumplecon las directrices del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en la sentencia del 18 de enero de 2018 ya había advertido a España de que la aplicación de esta modalidad de despido objetivo, por faltas de asistencia justificadas, iba en contra de la Directiva comunitaria.

Además, añade Díaz, "reparamos los derechos de los trabajadores, que hoy pueden sentirse tranquilos, y mandamos un mensaje a la sociedad de que a partir de hoy a nadie se le va a despedir por una baja justificada por enfermedad".

La ministra agradeció al Gobierno y a los interlocutores sociales su actitud ante esta necesidad de aportar "seguridad jurídica" a los trabajadores.

En este sentido, explicó que este cambio normativo impedirá interpretaciones diversas en el ámbito judicial respecto a la nulidad o no de un despido amparado en la acumulación de bajas por enfermedad. La iniciativa aprobada no tiene carácter retroactivo.

El artículo 52.d avala el despido objetivo -20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades- "por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses".

El Gobierno explica en su cuenta de twitter que la medida "garantiza los derechos de quienes padecen alguna discapacidad, sufren enfermedades crónicas o de larga duración, o se dedican al cuidado de personas dependientes". Además, suprimir este precepto "impedirá que las faltas de asistencia por enfermedad constituyan causa objetiva de despido".

En un comunicado, UGT valoró que el Consejo de Ministros haya aprobado la derogación del artículo 52.d pero pidió "ir más allá" y volvió a exigir al Gobierno que "derogue las reformas laborales, que han recortado los derechos de los trabajadores".

Desde CCOO, el secretario general Unai Sordo también ha valoró la derogación y señaló que éste es "el primer paso hacia una corrección generalizada de la reforma laboral".

Desde el ámbito empresarial, el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, se mostró sorprendido por "urgencia" en anular un precepto "que lleva 40 años en vigor y nadie había cuestionado".

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