Campo de Gibraltar

Ultimátum al Ayuntamiento por el derribo de las oficinas del Escalinata

  • El juez concede un "último plazo de dos meses" al equipo de gobierno de Algeciras para que acredite la contratación de las obras de demolición o empezará a imponer multas

El aparcamiento Escalinata y las cristaleras de las oficinas a su derecha.

El aparcamiento Escalinata y las cristaleras de las oficinas a su derecha. / e.s.

El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Algeciras, Francisco Ledesma, dictó el pasado jueves una providencia en la que concede un "último plazo de dos meses" al Ayuntamiento de Algeciras para que acredite la contratación de las obras de demolición de las oficinas del edificio Escalinata. Además advierte de que, si no presenta los documentos en ese periodo de tiempo, impondrá una primera multa de 200 euros a los responsables municipales de ejecutar la demolición.

El juez dicta esta providencia a instancias de la comunidad de propietarios, que le presentó dos escritos el 20 de marzo y el 18 de mayo, y tras haber estudiado los documentos aportados por el Ayuntamiento sobre el edificio. La licencia de estas oficinas, que ocupan cuatro plantas de la fachada del aparcamiento, fue otorgada en septiembre de 2005 por Urbanismo, pese a que el TSJA ya había declarado ilegal el parking. Fueron denunciadas por la comunidad de vecinos del edificio Escalinata y la Justicia le dio la razón. Así, el Juzgado de lo Contencioso de Algeciras las declaró ilegales, al igual que el local de la planta baja. Esta sentencia fue ratificada por el TSJA, que reprendió al Ayuntamiento por autorizar las obras de las oficinas. En 2013 la Gerencia de Urbanismo ordenó la clausura de la instalación y desde entonces los vecinos están luchando para que se ejecute la sentencia de derribo.

La licencia de las oficinas fue otorgada en 2005 cuando el parking ya era ilegalLa Audiencia desestima todas las cuestiones previas de las defensas

Por otra parte, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, ha desestimado todas las cuestiones previas suscitadas por las defensas de los acusados por la construcción del parking Escalinata tras la apertura del juicio oral que continuará este lunes. El tribunal no ha estimado la recusación planteada hacia sus tres integrantes por la defensa del arquitecto municipal Arsenio Pacios, sin entrar siquiera en el fondo de la cuestión, porque fue presentada fuera de tiempo.

También desestimó la petición de nulidad parcial del juicio, presentada por este mismo imputado, alegando que se había vulnerado el principio acusatorio porque el Ministerio Fiscal introdujo el delito de falsedad documental con fecha del 18 de enero de 2016, pese a que el documento se redactó en 2002. Además argumentó la ausencia de referencia a ese delito en el auto de incoación del procedimiento en octubre de 2012.

Pero el tribunal entiende que en modo alguno supone una irregularidad procesal, deterninante de indefensión, toda vez que sí que se hacía expresa alusión a que dicho encausado había emitido informes de los que se desprendía que no existía una situación de riesgo para los vecinos del inmueble. Además sostienen los jueces que no se han incluido hechos no imputados durante la instrucción, por cuanto se le preguntó expresamente por esos documentos.

El tribunal rechaza asimismo la prescripción planteada por la defensa de Pacios y por la del ex concejal de Urbanismo José Ortega. El resto de las defensas, las de los ex alcaldes socialistas Tomás Herrera y Juan Antonio Palacios, se adhirieron a las cuestiones planteadas y se opusieron al Ministerio Fiscal, que planteó el desarrollo de las pruebas periciales en una sola sesión y de forma conjunta, a lo cual accedieron los jueces.

El fiscal atribuye en su escrito de acusación, presentado en enero de 2016, los delitos de prevaricación continuada por autoría directa a Palacios, Herrera y Ortega, mientras que acusa al arquitecto de prevaricación continuada por cooperación necesaria y de falsedad documental. Para los tres primeros pide una pena de 10 años de inhabilitación especial para cualquier tipo de empleo o cargo público y para el funcionario municipal cinco años de prisión, otros 15 de inhabilitación especial y multa de 24 meses a razón de diez euros al día. También una indemnización conjunta de 1,5 millones de euros, de la que respondería de forma subsidiaria el Ayuntamiento de Algeciras.

Durante las cuestiones previas se dio traslado a todas las partes de los escritos presentados por la Comunidad de Propietarios del Edificio Escalinata renunciando a la acción penal y civil para dar por apartado del procedimiento al Ayuntamiento y a las aseguradoras y desistiendo de su acusación particular. Esto llega después del acuerdo económico alcanzado por el Consistorio con los vecinos del edificio, a los que indemnizará con algo más de 1,5 millones de euros.

El pacto alcanzado tras casi dos décadas de litigio con los vecinos supone el pago de las indemnizaciones obligadas por sentencia judicial por los gastos ocasionados por el desalojo del edificio Escalinata: realojo, mudanzas, abogados o informes técnicos. Será el Ayuntamiento quien asuma el pago inicialmente, pero después le reclamará a la constructora, Nautagest, la mitad del importe, al considerarla responsable solidaria. Y a las aseguradoras le pedirá la parte municipal, por considerar que se trata de un accidente cubierto por las pólizas, aunque las compañías ya han advertido que este tipo de siniestro no está cubierto.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios